Resultados 80 - 85 de aproximadamente 265 de "Cedulas" en período de 1532 a 1900
81.
Perteneciente al 26 de Septiembre de 1697
Tomo VI, *I-1-1/VI-F.124-I-1-1/VI-F.125

Copia de la cédula real dada en Madrid el 12 de octubre del 1694 que confirma al capitán Pedro Rodríguez en el oficio de regidor propietariode Santa Fe, por haberlo rematado en 310 pesos. El cargo quedó vacantepor cesación del capitán Jerónimo de Rivarola.

82.
Perteneciente al 7 de Enero de 1698
Tomo VI, *I-1-1/VI-F.130v-I-1-1/VI-F.132v

- Los alféreces Rodrigo de Insaurralde y Andrés Ramírez asumencomoalcaldes de la hermandad.

- Se abre el punto de las causas civilesy ejecutivas.

- Designaciones: juez y padre de menores: alcalde segundoA. Márquez Montiel, defensor de menores: sargento mayor Juan de Lacoizquetta; mayordomo del patrón San Jerónimo: alcalde

83.
Perteneciente al 4 de Noviembre de 1698
Tomo VI, *I-1-1/VI-F.145-I-1-1/VI-F.146

son obedecidas las cédulas reales dadas en Madrid el 30 de noviembrey 19 de diciembre de 1695 ganadas en España por el procurador Gabrielde Aldunate que conceden a la ciudad 'el derecho de romana, medioreal de mojón y quintal' para sostener, previa atención de los gastosde la ciudad, la reducción de los indios clachaquíes, tocagües y vilos,a cargo del franciscano Fray Juan de Anguita y 'su compañero', a quienesse le prestará la ayuda necesaria.Se concede el testimonioque solicitó por nota el sargento mayor Juan de Aguilera, del acuerdodel 7 de junio en que fue cesante y declarado vacante su oficio deregidor propietario.Observaciones: Falta un trozo de la parteinferior del folio 146.

84.
Perteneciente al 5 de Noviembre de 1698
Tomo VI, *I-1-1/VI-F.146-I-1-1/VI-F.147

Copia de la cédula real dada en Madrid el 24 de junio de 1695, queaccede a la solicitud de la ciudad de continar gozando de 'los derechosde romana, mojón y contribución de las pulperías de la venta del vino'para aplicarse a las obras públicas y gastos ordinarios. Igualmentese destinaría a la asistencia de la reducción de los indios clachaquíes, tocagües y vilos, que pasaría a depender de la compañía, en méritoa poseer esta una estancia contigua a aquella.Tomada de la copialabrada en Buenos Aires el 22 de febrero de 1697.T estimonio dehaberlo recibido y obedecido el 30 de marzo de 1697.

Observaciones:Falta un trozo de la parte inferior del folio 146.

85.
Perteneciente al 5 de Noviembre de 1698
Tomo VI, *I-1-1/VI-F.147v-I-1-1/VI-F.149

Copia de la Real Cédula dada en Madrid el 19 de diciembre de 1698[1695], que ordena que si los religiosos de San Francisco siguen acargo de la reducción de Calchaquíes, tocagües y vilos, continúenen ella; y prorrogando por diez años los derechos de romana y mojónpara aplicarlas a las obras públicas, gastos ordinarios y asistenciade la mencionada reducción. Las cuentas de estos derechos debían elevarse, para su apropiación, a la real audiencia de Charcas.

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