- Se considera el asunto, diferido en acuerdos anteriores, sobre la pretensión del Regidor Juan Francisco Aldao de tomar en arrendamiento la provisión de víveres de los fuertes de Melincué, India Muerta y Cululú. El Alcalde 1º manifiesta que encuentra gravoso el real y medio con que se quiere racionar cada individuo de la Compañía de Dotación que guarnece los fuertes de Cululú y Arroyo Pavón, por las siguientes razones: 1) porque desde el establecimiento de la Compañía solo se le proveyó de carne y no de bizcochos, sal, ají, yerba, tabaco y leña, y que este procedimiento producirá mayores costos. Señala que suponiendo la existencia de las 64 plazas creadas, si se provee tres reses diarias a $2 cada una –aunque su precio es de 12 reales- importará anualmente $2195, y que las mismas plazas a real y medio por individuo más la ración doble del Capitán, Teniente y Alférez devengará $12 y 4 ½ reales diarios, y $4.585 y dios reales anuales, lo que arroja una diferencia de $3.395 y 2 reales. Indica que racionando con tres cuartillos diarios cada soldado –que es de sobra- las 64 plazas y los oficiales costarán por año $2.292 y 5 reales. Resalta que aunque este cálculo esté hecho con exceso es la mitad del costo de la propuesta de Aldao. 2) que en caso de ofrecerse alguna excursión contra los indios, se pone en marcha 200 milicianos, y como esta dura meses y a veces se hacen dos y tres al año, el exceso será cuantioso. 3) que si solo se raciona a los Blandengues con carne, se beneficiarán los hacendados del norte por la provisión de reses y los soldados por obtener dicho abasto de la mejor calidad. En orden de los fuertes de Melincué e India Muerta estima que no son admisibles las siguientes posiciones: porque no debe hacer sus provisiones con los abastos que necesita la ciudad; por cuanto el Regidor Juan Francisco Aldao puede proveerse de bueyes y caballos de su estancia y adquirir las carretas necesarias; porque los arbitrios solo deben aplicarse para atender las fronteras del Chaco; y “porque con estos coloridos pretextos se hallan ocupados los mejores milicianos, con gran detrimento de la defensa de esta ciudad”.El Alcalde expresa que las cláusulas del contrato “le parecen muy arregladas y nada violentas” y que sobre los demás puntos que expone el Contador Mayor en el expediente, se conforma con lo declarado por los Oficiales Reales. Señaló, además, que estima ventajoso la propuesta,, por cuanto día a día aumentan los precios de los víveres y de los vacunos, éstos “por el valor que han tomado los cueros”.El Alférez Real se conforma con el parecer del Alcalde 1º y el Alguacil Mayor y Regidores Juan Francisco Roldán y Vicente Hereñú con el Alcalde 2º. El Teniente de Gobernador, en vista de lo resuelto por la mayoría, dispone remitir el informe a la Intendencia y pasar el expediente a la Caja Real de la ciudad para los pregones ordenados. Reintegrado a la sala el Regidor Aldao y enterado de lo tratado y dispuesto, declara que responderá ante el Tribunal del Superintendente los reparos del Alcalde 1º.
- El Virrey, por oficio del 29 de enero, confirma la elección de Francisco Javier Martínez de Rozas como Recaudador de Arbitrios, e informa que el expediente referido a la propuesta para suplir los dos reales que se recaudaban para arbitrios sobre cada arroba de tabaco, lo ha pasado al Intendente, ante el cuál deberá ocurrir el Cabildo. Se resuelve notificar a Francisco Javier Martínez de Rozas su confirmación a fin de que preste la fianza y asuma; y a Domingo Maziel, para que cobre las deudas y entregue las cajas. Respecto del expediente, se dispone ordenar a Martín Perales su tramitación.
- Por carecer de la “decencia necesaria para presentarse al cuerpo, se comisiona al Alférez Real tomarle juramento al Alcalde de la Hermandad de Los Arroyos.
- Por carta del 13 de febrero, el Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, Martín Antonio Perales, remite testimonio del decreto que dictó el Virrey el 10 de febrero, ordenándole cobrar las cantidades que adeudan desde 1770 y están en depósito en varios sujetos, y las entregue a la Real Caja de Buenos Aires, en donde se mantendrán con las demás cantidades que en lo sucesivo se recauden, hasta que Su Majestad resuelva el litis de los depósitos. Avisa haber recibido la carta del 6 de febrero sobre los dos reales que se cobra a la arroba de tabaco. Y noticia que Bernardo Sancho Larrea, Procurador que fue de Buenos Aires el año anterior, había sacado el 10% de todos los dichos depósitos, para el costo del recurso al Rey, habiendo quedado de entregarlos los que lo contribuyeron.
- Se consideran los siguientes pedido de tierras: De Ángela Barrenechea, un solar que linde por el sur con el sitio de José Jimenez. Se le concede un cuarto. De Julián Melo. Un solar sito “en la zanja de la laguna que desagua al arroyito” y linda por el sur con Vicente Samaniego. Se le concede con la condición de componer la zanja, sino, se le otorgará un cuarto. De María Justa Díaz, un cuarto de solar que linda con los de patrona Mendez y Marcelino Muñoz. Se le concede. De Manuel Onego. Medio solar que linda con Gregorio Martínez y Francisco Fernández. Se le concede un cuarto.
- El Teniente de Gobernador que convocó al acuerdo, manifiesta que de acuerdo con el oficio que le pasó ayer el Administrador de la Real Renta de Tabacos, el cuerpo debe designar un apersona para que, “por parte del público”, concurra, junto con la diputada por dicha administración, a la recepción, reconocimiento u evalúo de los tabacos que se van a recibir de cuenta de Su Majestad para “la planificación” del estanco de esta especie y de naipes. Se designa a José Ventura de la Lastra y para el caso de que éste esté impedido, a Juan de la Canal, bajo la condición de asumir mediante juramento.
- El Regidor Juan Francisco Aldao presenta el expediente formado a instancia de Mateo Lencinas, quién solicita su designación de Capitán de la Compañía de Dotación, sobre lo cual el Virrey ordena al Cabildo, por decreto del 16 de diciembre, informar el asunto y confiriéndole facultad si fuere necesario, para tomar las declaraciones que estime convenientes. La resolución se difiere para el próximo acuerdo.