- Copia de la petición cursada al Cabildo de Santa Fe por Pedro José de Parreño, Clérigo Presbítero, domiciliario de Santa Fe, presentando su título de Comisario interino de la Santa Cruzada de dicha ciudad y solicitando su admisión.
- Copia del decreto del Cabildo, del 29 de octubre de 1742, admitiendo dicho título.
- Copia de dicho título dado en La Plata el 15 de junio de 1742 por Simón de Amésaga y Troconis, Deán Metropolitano y Comisario Apostólico Subdelegado general de la Santa Cruzada en todo el distrito de la Real Audiencia, para reemplazar al titular Juan Antonio de Vera que se halla ausente. El título sirve para declararlo Comisario en propiedad.
- Copia del juramento prestado por dicho comisario, en Santa Fe, el 30 de octubre de 1742.
COPIA
- Copia del despacho proveído en Buenos Aires el 29 de mayo de 1744 por el Canónigo Magistral Dr. Francisco de los Ríos, Comisario de la Santa Inquisición, en vista de los autos obrados por el Alcalde 1º de Santa Fe y el Dr. Juan Antonio de Vera, Comisario de Cruzada de dicha ciudad. Facultan al Cabildo para exigir al P. Vera que integre en la Real Caja los $ 543 y 6 reales que tomó de la liquidación de cuentas de la limosna de la Santa Bula presentada por Pedro de Urizar, como igualmente al producto de las condenaciones que impuso y en auto hubiese percibido por el vacuno de Cruzada. También lo faculta para que haga cumplir al Padre Vera con la publicación de la presente Bula, que debió efectuarse “la 23 dominica de Cuaresma”. Previene al Juez Eclesiástico de Santa Fe que debe auxiliar al Cabildo en su comisión; y al Escribano Andrés José de Lorca el cumplimiento de las certificaciones a que está obligado. Copia de la relación de Bulas remitidas al Comisario de Cruzada de Santa Fe, y que los fueron entregadas el 11 de abril.
COPIA
- Copia del exhorto librado por el Juez Comisario de Cruzada en Santa Fe, Dr. Juan Antonio de Vera, el 8 de agosto, en respuesta del que le cursó el Alcalde 1º Pedro Florentino de Urizar en cumplimiento de lo acordado por el Cabildo, y de la facultad que concedió a éste el Comisario de Inquisición y Cruzada en Buenos Aires, Dr. Francisco de los Ríos. Da a conocer el manejo q inversión de las multas aplicadas a los Maestres de Campo Francisco de Vera Mújica y Francisco Javier de Echagüe y Andía, difuntos y declara que tanto el referido Comisario como el Cabildo carecen de competencia para entender en el asunto, instando al cuerpo a sobreseer su pretensión de intervenir en él. Para ello, intima la Real Provisión dada en La Plata a 28 de junio de 1742, expresando que, en atención a la paz y concordia que debe haber entre las autoridades, no le aplicó la multa de $ 500 y la pena de excomunión mayor, prescriptas en la Real Provisión. Solicita testimonio de toda lo actuado para ocurrir al Tribunal Superior de Cruzada. Copia de la diligencia de entrega del exhorto al Alcalde 1º hecha por el Notario de Cruzada, José Pedro Lares, del 12 de agosto. Copia de la certificación del Escribano de Cabildo, del 17 de agosto, acreditando no haberse hecho Cabildo “por días lluviosos y feriados”.
- El Escribano de Cabildo, que hace oficio de Notario de Cruzada, lee el exhorto librado por el Comisario de la Santa Cruzada, Dr. Juan Ignacio de Lacoizqueta, solicitando informe sobre las simas que el ex Comisario Dr. Juan Antonio de Vera, debió enterar a la Real Caja provenientes de la limosna de la Bula, mulas y condenaciones de ese tribunal. Se accede. en razón del desorden que hay en la venta de abastos en casas particulares y para evitar el perjuicio de esto causa a los taberneros, ante la escasez de pulperías de cuenta de la ciudad y del Rey, se dispone que el Teniente de Gobernador rompa bando prohibiendo la venta de esas mercaderías a “personas particulares”. El Alcalde 1º y el Fiel Ejecutor informan que fijaron precio al vino, pan y trigo. A pedido del Alguacil Mayor se ordena componer los calabozos.
- Se admiten los nombramientos hechos por Juan de Lacoizqueta, Comisario de la Santa Cruzada, a favor de José Isidoro de Larramendi como Alguacil Mayor, y de Andrés José de Lorca como Notario de ella, según exhorto del 23 del corriente que se ordena incluir en el presente libro.