- Puesta a consideración la petición que el Procurador General presentó en la sesión anterior, el Alcalde 1º expresa que la ciudad se halla sin ganado para el abasto de la vecindad y del Destacamento –cuyos gastos son exesivos- y que las rentas y arbitrios no alcanzan, por su cortedad, a cubrir las necesidades, señalando que los animales recogidos anteriormente con licencia del Gobernador, han salido de la jurisdicción. Además destaca “la cerrazón del comercio del Paraguay”, y la falta de cosechas. El Alcalde 2º manifiesta que la escasez de ganado se debe a que las personas que han hecho vaquerías no contribuyeron con los 500 animales que están obligados a dar para el abasto; que nunca se llevaron cuentas de dichas recogidas; y que la prohibición delas vaquerías alcanza a individuos del Cabildo, por lo que estima que el presente acuerdo padece de nulidad, según la Ley 14, título 9, libro 4º de la Recopilación de indias. Requerido sobre quienes están comprendidos, y para no transgredir dicha ley, se retiran de la sesión el Alcalde 1º Ignacio del Monje, Alcalde Provincial Antonio Márquez Montiel y Alguacil Mayor Roque de Herrera. en razón de carecer de “voto consultivo” el Procurador General, el Alcalde 2º no puede, solo, considerar la materia, reservándose el derecho de informar al Gobernador. Los 3 capitulares salientes no se reintegran al cuerpo por haberse marchado a sus casas, según comunica el portero.
- Ante el exhorto del Teniente de Gobernador sobre la urgencia de proveer animales para el abasto de la población y del Destacamento, se resuelve tomar 1.000 cabezas de cualquier tropa de la otra banda del Paraná, y llevar cuenta de las recibidas y consumidas. El Alcalde Provincial informa que entregará 500 vacas, en cumplimiento de la “ley municipal” sobre vaquerías.
- El Alguacil Mayor requiere noticias sobre lo resuelto en el acuerdo de ayer. El Alcalde 2º responde que al cuerpo toca decidir sobre ello, opinando los restantes que, por haberse retirado de la sala, desconocen lo decretado. Ante el requerimiento del Alguacil Mayor, de que el Alcalde 2º abandone el recinto, por tener que tratarse un asunto que compete a sus intereses. Este menciona la Ley que intimó ayer y cita a Bobadilla. Herrera señala que usurpó la jurisdicción del cuerpo al decidir por sí solo, y que “mal podía ser Cabildo, Justicia y Regimiento” a la vez, previniendo la nulidad de su actuación. Además, lo acusa de haber “apadrinado” la solicitud de vaquería presentada por el Maestro Francisco Arias Montiel. Se resuelve notificar a Fuentes del Arco lo tratado y solicitar al Gobernador que aquél justifique la “calumnia” que imputa a los tres capitulares. El Alcalde 2º reingresa a la sala, es informado de la resolución, y expresa que, por ahora, no tiene nada que manifestar.
Obs: (1) “cin[...]”
- Copia de la comisión que el Cabildo otorga al Capitán Andrés de la Bastida para impedir los excesos en la otra banda del Paraná y verificar las recogidas de ganados y faenas de sebo y grasa. Deberá vigilar la extracción de animales. Los excedentes de las vaquerías, y los animales recogidos sin licencia, serían embargados.
- Se considera la respuesta del Rector del Colegio de la Compañía de Jesús, a la solicitud del cierre por dos años de las vaquerías y matanzas en la acción de Feliciano. Como accede a ello bajo las condiciones de retirar las tropas que están vaqueando y que las invernadas se hagan a más de 2 leguas de dichas tierras, se resuelve, complementando las disposiciones adaptadas al efecto, dar las órdenes pertinentes, debiéndose intimar a Roque de Herrera y Antonio Machuca la suspensión de sus vaquerías.
- Andrés de la Bastida, Comisionado en la otra banda del Paraná, informa por escrito la imposibilidad que tuvo para presentarse ante el cuerpo. Hace saber que los animales recogidos por Pedro de Albornoz, al momento de su inspección, se hallaban repartidos entre Antonio de Vera, Andrés Pintado, Ignacio Barrenechea y Francisco Carvallo. Comunica que Tomás Giménez hizo la entrega de sebo con licencia del Teniente de Gobernador, resolviéndose intimar a aquel a presentar la autorización. Se reitera a de la Bastida su presentación
- El Regidor Juan de Zevallos, ante la resolución adoptada contra Tomás Jiménez, denuncia a fin de que no se estime que esas providencias se toman “contra los miserables”, y que en la bajada hay 8 o más carretas de sebo, que se atribuyen a Andrés López Pintado. Se resuelve efectuar la averiguación pertinente.
- Copia del auto dictado por el Gobernador Bruno Mauricio de Zavala, el 7 de marzo, aprobando la suspensión de las licencias para vaqueos acordados el año anterior, y el cierre de vaquerías y matanza en la otra banda del Paraná, y concediéndole facultad de extender permisos para faenas de sebo y grasa destinadas al abasto de la ciudad. El Teniente de Gobernador no tendría en esto otra participación que verificar la salida de la gente. Comete al Cabildo la vigilancia de los ganados en todas las acciones de la otra banda de los ríos Paraná, Uruguay y Negro; y evitar la extracción de animales, sebo y grasa.
- Copia del decreto del cabildo, del 11 de marzo, intimando al Teniente de Gobernador acatar el auto y disponer su publicación.
- Copia de la certificación del Regidor Propietario Juan de Zevallos, del 11 de marzo, acreditando que el Teniente de Gobernador acató el auto y solicitó testimonio para romper bando.
- Copia de la nota que el Gobernador Zavala cursó al Cabildo el 6 de marzo, incluyéndole el auto y devolviendo la documentación elevada al respecto.