Resultados 120 - 125 de aproximadamente 265 de "Cedulas" en período de 1532 a 1900
121.
Perteneciente al 3 de Febrero de 1713
Tomo VII, *I-1-1/T.VII-F.144v

- Las peticiones presentadas por el maestro Juan de Arce y Vallejos, sargentomayor Francisco Caravallos y Luis González son decretadas a su piey se devuelven con el testimonio de la real cédula que solicitan.El cuerpo no adopta ninguna resolución por ignorar si las licenciascon que entra los vecinos de las Corrientes son o no de competencia

122.
Perteneciente al 3 de Febrero de 1714
Tomo VII, *I-1-1/T.VII-F.171v-172v

- Es obedecida la real cédula que notifica el fallecimiento de los delfines,hermanosdel monarca; y ordena observar luto por seis meses, bajolas mismas disposiciones que las establecidas para la muerte delpadre de ambos. Se resuelve que las exequias sean efectuadas el 21 del corriente desde cuando comenzará el luto.

- El procurador generalpresenta la petición sobre los perjuicios e inconvenientes quepadecela ciudad, decretándose que los justifique, y nombrándose el teniente degobernadorcomo juez de la causa.

- NOTA: Suponemos que esteacta fue reflejada en el libro con posterioridad a las deldía 12de febrero y 1 de marzo, razón que justificaría que fugure en los foliosposteriores

123.
Perteneciente al 1 de Junio de 1714
Tomo VII, *I-1-1/T.VII-F.217v-218

- El coronel Alonso de Arce y Soria, por nota del 21 de mayo, suscriptaen Buenos Aires,informa que, en virtud de 2 nuevas cédulas reales,asumió el gobierno político y militarde la provincia el día 19.Se resuelve responderle de inmediato, postergándose ladesignaciónde diputados para la bienvenida.

- El teniente de gobernador es autorizadopara mudar el fuerte al paraje que le parezcamás conveniente.

124.
Perteneciente al 1 de Junio de 1714
Tomo VII, VII – f 217v y 218

- El Coronel Alonso de Arce y Soria, por nota del 21 de mayo, suscripta en Buenos Aires, informa que, en virtud de 2 nuevas Cédulas Reales, asumió el gobierno político y militar de la provincia el día 19. Se resuelve responderle de inmediato, postergándose la designación de diputados para la bienvenida.

- El Teniente de Gobernador es autorizado para mudar el fuerte al paraje que le parezca más conveniente.

125.
Perteneciente al 20 de Marzo de 1715
Tomo VII, *I-1-1/T.VII:F.180-181

- El alcalde Andrés López Pintado comunica que a la una de la tarde elvicario y juezeclesiástico fijó en la tablilla de los excomulgadosal teniente de gobernador Martínde Barúa, por lo que se requierela presencia del notario Gregorio de Alemán para certificar los hechos. Este informa que la pena de debió a que Barúa no cumplimentólasdos citaciones que le formuló el juez eclesiástico para obedecer un despachoreal. El cuerpo resuelve, en atención a la real cédula ya intimadaal sacerdote y de cuyasresultas el 25 del mes anterior debió levantarlela excomunión, exhortándole a quelo absuelva. Los capitulares comisionados para tal efecto, alcalde López Pintado yregidor Francisco de Noguera Salguero, informan haber sido rechazados y amenazadosde excomunión. El cuerpo declara que no se declara incurso al juez eclesiástico, en

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