- El Gobernador por un despacho que se lee, comisiona al Alcalde de 1 voto para levantar una información sobre los derechos de la ciudad a las acciones de ganado del Río Uruguay, de los cual se da traslado al Procurador General.
- Se responde favorablemente al exhorto librado por el Visitador de las Cajas Reales, Francisco de Suero, sobre entrega de “diferentes instrumentos”, respecto de lo que ha rendido la alcabala.
- El procurador General entrega las actuaciones levantadas con motivo del bando del Teniente de Gobernador, publicado a raíz del exhorto del Tesorero sobre el comercio de la yerba, y se acuerda remitir las mismas al apoderado de la ciudad en Buenos Aires para su presentación ante el Juez visitador General de las Reales Cajas, a quien se le cursara una información al respecto.
- Se considera el auto del Gobernador, reservado en el acuerdo anterior respecto de la incompatibilidad de los eclesiásticos para actuar como apoderados, se resuelve requerir al Gobernador levantar la prohibición que pueda existir, en razón de los méritos de Juan Denis y Arce. Y que, en consecuencia, apruebe la designación que hizo en Bernardo de Balenzuela de administrador de los arbitrios que pertenecen a la ciudad. Sobre los restantes puntos del auto, se dará vista al Procurador General para que solicite lo conveniente.
- El Alcalde 2º Francisco Antonio de Vera Mujica, informa que el Tesorero nombrado por el Comisario de la Santa Cruzada no dio las fianzas que está obligado para entrar en posesión de su oficio, y que tiene noticia de que dicho Tesorero posee $600 de la anterior publicación. Se resuelve exhortarle a que informe “en quién y con qué seguro” los tiene depositados, cuando corresponde que estén en la Caja Real, según lo ordena la Real Provisión librada sobre el asunto.
- Exhorto cursado al Comisario de la Santa Cruzada, Juan Antonio de Vera, requiriéndole exhibir los “quinientos y más pesos” que tomó a su cargo de los entregados por el ex Tesorero de la Santa Bula, Pedro de Urizar. Señala que esos caudales deben depositarse en la Real Caja y que carece de competencia para retenerlos, advirtiéndole que su resistencia se debe a que los ha gastado indebidamente o los tiene separados para ese fin.
- Certificación de que, por acuerdo del 1º de febrero, fue diputado por el Alcalde 2º para exhortar al Comisario de la Santa Cruzada sobre cierta cantidad de dinero, producto de la Santa Bula, que retenía en su poder sin haberla enterado en la Caja Real. El día 2 dio cumplimiento a la orden, y por no haberle respondido, el 6 se presentó “con recado cortesano” del Obispo instándolo a contestar el exhorto del Cabildo, pues de no hacerlo se le venderían sus bienes. El Comisario le hizo saber que había dado cuenta de ese dinero al Tribunal de Cruzada, añadiendo después haberlo gastado. Ante la respuesta, el Obispo expresó que el cuerpo hiciera uso de sus derechos. El Alcalde 2º procedió a librarle un segundo exhorto, y al no tener contestación cursó el tercero, en la fecha, que es el que se anexa.