Resultados 10 - 15 de aproximadamente 14 de "Juicios Residencia" en período de 1532 a 1900
11.
Perteneciente al 20 de Octubre de 1702
Tomo VI, VI – f 332v a 333v

- Es acatado el despacho que presenta el Teniente de Gobernador, dado por el Gobernador Alonso Juan de Valdez y Inclán, en Buenos Aires el 15 de septiembre, por el que es nombrado Juez de Residencia para la administración de Manuel de Prado Maldonado.

- Ante la carta del Gobernador, ordenando el fomento de la Reducción de calchaquíes, tocagües y vilos que están a cargo de Fray Juan de Anguita, se resuelve que las medidas necesarias se adoptarán después de finalizado el juicio de Residencia.

Se ordena pagar al Cura Vicario $15 y $18 por los novenarios oficiados a la Patrona de las Mercedes y al Patrón San Jerónimo.

- En razón de que el Procurador General, Capitán José Fernández Montiel ha sido designado Teniente de Gobernador de Corrientes, es nombrado para reemplazarlo al Capitán Pedro de Mendieta Zárate.

12.
Perteneciente al 14 de Enero de 1722
Tomo VIII, VIII f 291 a 292v

- Los despachos del Gobernador, reservados en el acuerdo del día 7 para considerarlos con al presencia de todo el cuerpo, deben postergarse por la misma causa. A este efecto, se citaría a los capitulares y Teniente de Gobernador, disponiéndose informar sobre el particular al Gobernador, por los atrasos que causan las inasistencias.

- Se acata el nombramiento otorgado por José Ruiz de Arellano, Juez Mayor de Residencia, en favor del Maestre de Campo José García de Miranda, Juez Receptor de Penas de Cámara, para el cumplimiento de las sentencias recaídas en el juicio de Residencia, por imposibilidad del Comisario Onofre de Hoyos. Jura y asume.

- El mayordomo de ciudad es emplazado para concurrir al acuerdo siguiente, en el que se le harán conocer las providencias por las que deberá encargarse de las rentas y propios.

13.
Perteneciente al 3 de Julio de 1769
Tomo XIV A, XIV f 12 a f 12bis

- Atento al exhorto librado por el Juez de Residencia requiriendo los acuerdos capitulares celebrados se dispone que sea el Alcalde 2º encargado de facilitarle los documentos que necesite.

- El Alcalde 1º expone el grave inconveniente que se ocasiona con el desorden de saca de pescado del criadero de la costa de la Laguna de Añapire, con destino a los conventos y religiosos de Córdoba y con fines comerciales, y “que en las faenas puesto el peje en aquellas riveras, escogen lo mayor y gordo, tirando a las márgenes del criadero lo pequeño y flaco, de tal modo que el abasto para las cuaresmas y vigilias” y al nuevo ayuno impuesto a las mujeres, se hace escaso y el sábalo que se vendía a las cuatro piezas por medio real, ahora se dan dos flacos. Se hace saber que para atajar esos perjuicios solo los vecinos gocen de esta granjería y que los de Córdoba se sirvan del río que pasa por Santiago del Estero, abundante en pescado. Los restantes capitulares difieren su parecer.

14.
Perteneciente al 2 de Marzo de 1790
Tomo XVI A, XVI f 34 a 35 v

- El Alcalde 2º y Juez de Residencia manifiesta que por haberle aprobado su superior, el auto que proveyó el 1º de febrero, reponiendo a José Manuel Troncoso como Alguacil Mayor, nombrándolo por tal para la comisión que ejerce, da por concluida la disputa entablada sobre este asunto. Añade “que en el juicio de residencia sólo se deben revisar aquéllas causas en que se hallan partes legítimas agraviadas que lo soliciten”, y que no debe mezclarse en las que no son producidas por ellos. A su pedido, se concede licencia al Procurador Síndico General (J. C. Pérez) para trasladarse a los potreros de Salta a conducir varias mulas, el Regidor Decano propone que el auto que el 1º de febrero último proveyó el Alcalde 2º y Juez de Residencia reponiendo al Alguacil Mayor. Se ponga por cabeza del acuerdo del 22 de febrero. En razón de que Fray Lorenzo Casco, cura de San Jerónimo se ha ausentado a Buenos Aires, por no tener la competente licencia del ordinario para ejercer su ministerio, según hizo saber el Provincial de la orden se resuelve informar al Virrey y solicitarle la provisión de un sacerdote, con las facultades necesarias para el Curato.

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