- Se abre el pliego reservado, que contiene la nota del 13 de diciembre último por la que el Gobernador Interino aprueba la elección anual, en la siguiente forma: Alcalde 1º José Teodoro Larramendi, Alcalde 2º José Arias Troncoso, Procurador Síndico General y Defensor de pobres y menores Juan Francisco de Larrechea, Procurador Síndico General sustituto Luis Martín de Caminos, Alcalde de la Hermandad del Paraná José de la Rosa Alcalde de la Hermandad de Coronda José Miguel de Retoloza, Alcalde de la Hermandad de Los Arroyos Juan de Pereda y Morante, Mayordomo José Teodoro de la Quintana. Se ordena al portero citar a los electos, quién informa haber hallado sólo a José Arias Troncoso. Este asume.
- Por oficio el Gobernador interino ordena que se le dé la certificación solicitada por el Presidente del Convento de la Merced, previniendo que mientras no se solicita contribución de los caudales públicos, el Cabildo podrá extender la certificación.
- Mediante oficio el Alcalde de la Hermandad de los Arroyos Antonio Vásquez, expresa que con motivo de la ausencia de su sucesor Juan de Pereda y Morante, el partido queda sin administración de justicia. Se resuelve concederle comisión para que continúe hasta el regreso del electo para este año.
- Se abre punto a las causas civiles.
- Se recibe un oficio del oidor Alonso González Pérez, respondiendo a la nota que el Cabildo le cursó el 24 de diciembre último.
- Mediante un escrito, firmado por el Presidente y Mayordomo Recaudador, se hace saber que los reparos dispuestos para la cárcel no son ventajosos por cuanto amenaza ruina todo el edificio del Cabildo. A su propuesta, se dispone que los maestros competentes hagan un reconocimiento de todo el edificio.
- El Regidor Juan Francisco Aldao hace presente que por disposición del Gobernador interino, del 13 de septiembre de 1786, el cuerpo acordó el 23 de octubre del mismo año, se copiaban en un “libro maestro” todas las Reales Cédulas, oficios y demás documentación, correspondiente al Cabildo desde su fundación, que dicha tarea cometida al Alguacil Mayor y al entonces Escribiente, Francisco Antonio de Pando, no se ha iniciado, por lo cuál propone se lleve a cabo con el actual Escribano interino, con el salario que debe pagarse del ramo de propios y arbitrios y se solicita a esta junta la entrega de un libro en blando de 300 o 400 fojas. El cuerpo accede.
- Por ausencia del Alférez Real José de Vera Mujica se hace cargo del turno de fiel ejecutor el Regidor Juan Francisco Aldao.
- Juan Francisco de Larrechea admite su desempeño como Procurador Síndico General, no así el cargo de defensor de pobres y menores, con la condición de que el sustituto lo supla en la Presidencia de la Junta de Temporalidades, durante las ausencias de su titular. Señala que existe incompatibilidad entre el oficio de Procurador General y el de defensor de menores y pobres, pues en alguna ocasión éste puede reclamar contra los interes públicos que él debe defender en razón de su primer empleo. Advierte que la Procuraduría de la ciudad le insume mucho tiempo y que además debe desempeñarse en las Juntas de Temporalidades y de Propios y Arbitrios El cuerpo resuelve que se reciba en propiedad de Procurador General e interinamente de Defensor hasta que el Gobernador interino resuelva su instancia. Larrechea reitera su actitud. El cuerpo resuelve que Larrechea asuma en la manera determinada por no hallarse en la ciudad el Procurador sustituto electo, Luis Caminos.
- Se considera el expediente promovido por el Provincial de los Mercedarios, Fray José de Pesoa ante el Virrey, en solicitud de licencia para pedir una limosna a Potosí y Chichas, que estaría a cargo del predicador jubilado Fray Venancio Celis de Burgos, a fin de reedificar la iglesia de esta ciudad. El Virrey, con parecer del Promotor Fiscal de esta Real Audiencia, ordena que el Cabildo determine la solicitud. El cuerpo declara la necesidad de dicha obra, advierte la falta de propios y la pobreza de la tierra y destaca la importancia de dicho convento.
- José Teodoro Quintana asume como Mayordomo.
- Juan Francisco de Larrechea expone verbalmente y por escrito la posición a lo acordado en el día de ayer. Retirado de la sala, el cuerpo ratifica dicha determinación, debido a la necesidad de que los asuntos de la Procuraduría no se detengan, y dispone elevar la referida representación, testimonios de los acuerdos e informe pertinente al Gobernador interino para su determinación. Bajo nuevas protestas, Larrechea jura y asume.
- El Alcalde 1º hace saber que la Junta Municipal de Temporalidades les negó el expediente referido al pedimento hecho por los mercedarios del colegio e iglesia de los jesuitas y que deseando cumplir debidamente con al obligación de dar su parecer, se conforma con los informes producidos el 8 de noviembre y 3 de diciembre del año anterior por el actual Alcalde 2º entonces Procurador General. Que a ellos debe añadir que la Iglesia Matriz “no es duradera por lo débil de sus paredes de tierra y maderas de sauce, cuyo principio de quebrantamiento lo manifiesta ya lo vencido de su techumbre”, como lo certificaron los maestros albañiles y carpintero que lo inspeccionaron, por lo cuál es conveniente para matriz la iglesia de los jesuitas, “cuyas murallas de cal y piedras y maderas de sólida consistencia” prometen mayor duración. Además señala que si la iglesia se arruina, la ciudad no tendrá como repararla por la pobreza de sus vecinos, ante la falta de comercio. Añade que de no menos importancia es la “escasez de clérigos que tiene esta ciudad, pues solo uno, que es el preceptor de latinidad, hay supernumerario a los beneficiados de la igkesia matriz, y que siendo muchos los niños que hoy siguen la carrera literaria con el fin de consagrase al estado clerical, puede alguno de ellos ordenarse a este título y tener la ciudad este patrimonio para sus hijos”, cuya aplicación les será ventajosa por los motivos expuestos en el 2º informe ya mencionado, del Procurador General de 1787. El Alcalde 2º ratifica todo lo que expuso el año pasado siendo Procurador General y el Alguacil Mayor adhiere al dictamen del Alcalde 1º. El Regidor Juan Francisco Aldao expresa que además de lo expuesto en el acuerdo del 10 del corriente y en la Junta de Temporalidades, debe añadir que el ramo de la iglesia matriz puede sufrir el reparo de las dos iglesias, no pudiendo aplicarse a la iglesia y demás edificios de los jesuitas, cuyos techos se vienen abajo. Se resuelve elevar los dictámenes de todos los capitulares.
- El Virrey en oficio del 3 del corriente, incluye la orden real del 22 de noviembre, y para evitar que algunos inconvenientes que se han notado en la aplicación del artículo 8 de la Ordenanza de Intendentes, manda cumplir la ley 10, título 3, libro 5 y en su consecuencia, que los virreyes confirmen las elecciones anuales hechas en las ciudades donde residen y en los pueblos distantes hasta 15 leguas de ellos, debiéndolo hacer en los restantes los Gobernadores interinos. El cuerpo resuelve consultar si debe comunicar al Virrey las elecciones que anualmente verifica.
- Por oficio del 11 del corriente el Gobernador interino aprueba los dos comisionados destinados al Paraná y Rosario.
- El oficio del 18 del corriente los Ministro de Real Hacienda de esta ciudad, insertan otros del Gobernador interino del 13 del mismo mes, en el que solicita un detalle de los arbitrios durante los 5 años anteriores a la abolición del puerto preciso, y otro igual de la sisa, y copia autorizada de la cédula o providencia que motivó el cese de dicho privilegio, y el día de su intimación y cumplimiento. El cuerpo accede, disponiendo extender el testimonio de la providencia interina que expidió el Virrey Juan José de Vértiz, sin intervención ni citación del cuerpo, el 12 de julio d e1780, que se notificó el acuerdo del 17 de dicho mes
- El Regidor Juan Francisco Aldao propone, en razón de que dicha providencia no ha tenido hasta ahora confirmación real, se le de vista al Procurador Síndico General para que exponga lo conveniente, pues por falta de comercio la ciudad se ha despoblado. El cuerpo accede.
- El Cabildo toma razón del despacho del maestro de Posta de Coronda extendido a favor de Juan José Reahuello, por el Administrador Principal, Manuel de Basabilbaso y refrendada por el Virrey, el 13 de enero último.
- Mediante oficio del 31 de marzo el Cura Vicario Francisco Antonio de Vera Mujica, solicita que el cuerpo certifique, para hacer constar sus méritos ante el ministerios parroquial, si atiende el confesionario a toda clase de personas, sus asistencia a moribundos y enfermos, si explica la doctrina cristiana y si en sus sermones o pláticas a impugnado o contradicho los privilegios de las comunidades religiosas. El cuerpo traslada el pedido al Procurador Síndico General.
- Por pedimento Susana Rivera solicita de merced un cuarto de solar sito en la calle de San Antonio y que linda por el norte con la quinta de José el Catalán, por el este con Tomasa Parrada y por el sur y oeste con tierras realengas. Se accede.