Resultados 10 - 15 de aproximadamente 47 de "Recopilacion de Indias" en período de 1532 a 1900
11.
Perteneciente al 14 de Febrero de 1728
Carpeta 14 "A" 73, Carpeta Nº 14 A f 31 a 32v

- El Alcalde 1º informa que, de acuerdo con lo dispuesto en el Cabildo del día 3 del corriente, entregó al Procurador General toda la documentación referida al derecho de romana.

- Hace saber, también, que cumplió con el exhorto librado al Comisario de la Santa Cruzada, Juan Martínez del Monje, en requerimiento de que el Tesorero de ese ramo entregue la limosna de la Bula en vigencia al Tesorero de la Real Hacienda.

- Por olvido del Escribano no se requirió al Maestro Juan Martínez del Monje –que se halla en la otra banda del Paraná- el memorial sobre la vaquería que efectuó.

- Se resuelve la búsqueda de los 4 tomos de la Recopilación de Indias, adquiridos por la ciudad, para ser destinados al Archivo y a consultas.

12.
Perteneciente al 18 de Septiembre de 1758
Tomo XIII A, XIII f 101v a f 103

- Se continúa tratando la pretensión del Tesorero sobre asiento y traje. El Alférez Real intima la Real Provisión dada el 31 de octubre de 1716, que ordena que dicho oficio tiene su lugar inmediatamente después de las justicias. Expresa que las provisiones presentadas por el Tesorero se hallan derogadas por las de abril y octubre de 1716, obedecidas por el entonces Tesorero Francisco de Bracamonte, quién no usó del término de 4 meses que le concedió la Real Audiencia para justificar su pretensión. Añade que la ley 4, título 10, libro 4 de las “Recopiladas de Indias” ordena igual que su propuesta. En cuanto al traje, sugiere que concurra con capa, como lo hacía Manuel Díaz de Escalada, costumbre que desde 1716 hasta 1750 observaron los Tesoreros Francisco de Bracamonte y Esteban Marcos de Mendoza, al igual que en Paraguay. Deja librado al cuerpo admitir que el Tesorero participe en los actos públicos “vestido de militar con la insignia del bastón que usa”. El asunto se difiere nuevamente.

13.
Perteneciente al 30 de Julio de 1760
Tomo XIII A, XIII f 169 v a 172

- Mediante petición, Francisco Javier de Crespo, electo Alcalde de la Hermandad, solicita ser eximido del cargo por cuanto la dilatada y grave enfermedad que padeció no le permitirá ejercerlo. No se hace lugar, admitiéndose su desempeño como le fuese posible. Crespo jura y asume. En cumplimiento de la ley 23, título 16, libro 1º de la Recopilación de Indias, el Procurador General propone obtener el noveno y medio de los diezmos para la erección del hospital parroquial, que hasta el presente no se ha podido constituir. Se accede, disponiéndose requerir al Obispo que en adelante se entreguen anualmente dicha partida. Mediante pedimento, el Regidor José Crespo solicita que el cuerpo informa al Gobernador sobre sus méritos y servicios, a fin de gestionar la merced de 2 leguas de tierra de frente, sitas en la otra banda del Paraná y sobre su costa, 30 leguas al sur de la Bajada, en el paraje que llaman la Matanza, desde dicho río hasta el Arroyo de Nogoyá. Se accede. A su pedido, se le extenderá a Juan José de Lacoizqueta testimonio del acuerdo del 14 del presente.

14.
Perteneciente al 14 de Junio de 1769
Tomo XIV A, XIV f 6 a f 7

- Mediante pedimento Antonio de Medina presenta título de Tesorero de Santa Fe, despachado por la Real Contaduría de Buenos Aires, el 29 de mayo y ofrece por fiadores a Simón de Abechuco y Salvador de Amenábar, en cantidad de $1000 cada uno. Se admiten las fianzas y el nombramiento, señalándose que en cuanto al asiento en las funciones públicas deberá ocupar el que indica la costumbre de la ciudad y la ley 94, título 15, libro 3º de la Recopilación de Indias. Antonio de Medina jura y asume.

15.
Perteneciente al 20 de Marzo de 1770
Tomo XIV A, XIV f 66v a f 67v

- En razón de haberse ausentado a Buenos Aires, sin licencia del cuerpo, el Depositario General Manuel Carballo, que ejercía como Procurador General interino, se designa en este oficio al Regidor Juan de Zevallos, que jura y asume.

- El Regidor Juan Francisco Aldao, hace presente que el Gobernador, a solicitud del Teniente de Gobernador Joaquín Maziel, ordenó que ningún capitular puede ausentarse de la ciudad sin permiso de éste, en contravención de la ley 11, título 8º, libro 4 del tomo II de la Recopilación de Indias, que manda a los Gobernadores, sus Tenientes y Justicias, no impedir a Regidores y vecinos salir a sus haciendas y estancias estando éstas a 4 o 6 leguas de distancia. Propone solicitar al Gobernador la derogación de las medidas. Se accede y para cumplir las diligencias se designa Apoderado Procurador de Número de Buenos Aires Pedro Berbel quien sustituye a Facundo Prieto y Pulida que se halla muy ocupado.

- Mediante un escrito el Regidor José Antonio Fernández Villamea presenta la licencia que le concedió el Gobernador, para sacar a sus estancias 3.000 vacunos y llevarlos al reino de Chile. Solicita autorización para ausentarse por 8 meses. Se le conceden ambas.

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