- Sobre oficio de los Ministros de la Real Hacienda de 8 de junio contestando al remitido por el Cabildo para asistir al Cabildo Abierto del 9 de junio para la elección del Diputado a la Junta General Gubernativa de Buenos Aires, sin asiento. Los Ministros arguyen que el colegiado no tiene poder de decisión para ello y violan los derechos de los mismos. Los capitulares reafirman el acuerdo anterior y que se obró en un todo de acuerdo con lo dispuesto en la Superior Orden del Virrey del 11 de setiembre de 1802.
- El Alcalde de Segundo Voto comunica que por olvido no se citó al cabildo del día siguiente a: Manuel Gómez, Alberto Calderón, Juan Fco. Echagüe, Pedro Arias Sánchez, Diego Echagüe, Pedro Lasaga, Luis Iturraspi, Francisco Castune, Gabriel de Lasaga., Francisco Aguiar, El Alguacil Mayor sostuvo que de ningún modo se debía incluir a Luis Iturraspi y a Francisco Castune “por ser forasteros y no prebenir la Superior Orden sino venimos de lo mas principal y mas sano y estar a hacer solo tres o quatro anios que han venido a esta ciudad”. Se aceptó a pluralidad de votos.
- Sobre elección del Diputado de acuerdo con la orden la Junta Provisional Gubernativa de la Capital de Buenos Ayres de 27 de mayo, “a cuyo efecto haviendo combocado el día de ayer por esquelas a la mas san parte de este pueblo para concurrencia del Cabildo abierto que se verifica el dia de oy con el objeto de que este negocio tan importante para la seguridad, tranquilidad general recaiga en un individuo que pueda desempeñar con energía, amor y fidelidad en el cargo y comision para Diputado de aquella Junta Guvernativa en cuya inteligencia haviendo concurrido el vecindario como se lleva dicho se procedió a la elección y votación”
- Nº 1[testado] y se agregó al final “Se a mandao por los señores del Cavdo. que no corra“. Montaño Larramendi.
- Juan Francisco Tarragona expone, frente a la ubicación en “asiento señalado” de José Elías Galisteo “con preferencia por su grado a los padres que han sido de esta Republica”, “que a él no le antelaba el asiento el dicho Maestro Galisteo y que por consiguiente si se le daba la preferencia se retiraría a la casa, haciendo al mismo tiempo presente que la combocatoria echa no era arreglada por que unicamente debia considerarse como ceñido a los vecinos casado, afincados y arraigados de cuya clase no eran muchos de los llamados expresando de nuevo se retiraba haciendo la protexta de nulidad de la elección con aquellos”. Coincidió en lo expresado Manuel Ignacio Diez de Andino.
- El presidente propone que los presentes se sienten en cualquier lugar que es aceptado por todos excepto por “los Sres. Padres de República Dn. Manuel Ignacio Andino, Dn. Lucas de Echagüe y Dn. Juan Francisco Tarragona”
- Por el “mal aspecto para el fin de la unidad y tranquilidad que se propuso este Cavdo. resolvió se retirasen los convocados”, y se resuelve consultar a la Junta Provisional Gubernativa para despejar las dudas respecto a lo sucedido en el Cabildo.
- Por la tarde del mismo día, los capitulares resuelven elegir “imparcial y religiosamente” tres vecinos que hayan tenido cargos concejiles: Alcaldes o Regidores y “que puestos estos tres en sorteo se tenga y sea elegido el que salga en suertes, sin que se pueda arbitrar un medio mas adequado para cumplir el espíritu de la orden”
- Sobre elección del Diputado de acuerdo con la orden la Junta Provisional Gubernativa de la Capital de Buenos Ayres de 27 de mayo, “a cuyo efecto haviendo combocado el día de ayer por esquelas a la mas sana parte de este pueblo para concurrencia del Cabildo abierto que se verifica el dia de oy con el objeto de que este negocio tan importante para la seguridad, tranquilidad general recaiga en un individuo que pueda desempeñar con energía, amor y fidelidad en el cargo y comision para Diputado de aquella Junta Guvernativa en cuya inteligencia haviendo concurrido el vecindario como se lleva dicho se procedió a la elección y votación”
- Nº 1[testado] y se agregó al final “Se a mandao por los señores del Cavdo. que no corra“. Montaño Larramendi.
- Juan Francisco Tarragona expone, frente a la ubicación en “asiento señalado” de José Elías Galisteo “con preferencia por su grado a los padres que han sido de esta Republica”, “que a él no le antelaba el asiento el dicho Maestro Galisteo y que por consiguiente si se le daba la preferencia se retiraría a la casa, haciendo al mismo tiempo presente que la combocatoria echa no era arreglada por que unicamente debia considerarse como ceñido a los vecinos casado, afincados y arraigados de cuya clase no eran muchos de los llamados expresando de nuevo se retiraba haciendo la protexta de nulidad de la elección con aquellos”. Coincidió en lo expresado Manuel Ignacio Diez de Andino.
- El presidente propone que los presentes se sienten en cualquier lugar que es aceptado por todos excepto por “los Sres. Padres de República Dn. Manuel Ignacio Andino, Dn. Lucas de Echagüe y Dn. Juan Francisco Tarragona”
- Por el “mal aspecto para el fin de la unidad y tranquilidad que se propuso este Cavdo. resolvió se retirasen los convocados”, y se resuelve consultar a la Junta Provisional Gubernativa para despejar las dudas respecto a lo sucedido en el Cabildo.
- Por la tarde se continúa la sesión y se resuelve que sean candidatos para ser Diputados sólo aquellos vecinos que hayan ocupado cargo concejiles de Alcalde o Regidor “entre los cuales con el Cavdo. se elijan imparcial y religiosamente tres sugetos que se consideran mas dignos y a propósito para el alto cargo a que se destinan, y que puestos estos tres en sorteo se tenga y sea elegido el que salga en suerte, sin que se pueda arbitrar un medio mas adequado para cumplir con el espíritu de la ordena circular de la Junta Gubernativa...”
- Se consultará a la Junta Provisional Gubernativa si los candidatos deben ser vecino casado, “fincado y arraigado en esta ciudad” o si sólo bastaba con ser hijo de la ciudad; si una vez electo se dejará firme la elección aunque se retiren del Cabildo quienes no estén de acuerdo con tal designación; si el acta en la cual se asiente la designación la debían firmar todos los presentes o sólo el Cabildo;
- Sobre oficio de la Junta Gubernativa, firmado por Cornelio Saavedra y Mariano Moreno, de 19 de junio y que había sido comunicado el 23 por el Tte. de Gdor. respecto al expte. iniciado por José Ma. de las Carreras del comercio de esta capital, “sobre la cantidad de pesos de que se le es deudor el Tte. de Gobernador Prudencio Ma. de Gastañaduy”, resolviendo, con anuencia del “Fiscal de lo Cibil”, la suspensión en el mando y la entrega del cargo al Alcalde de 1er. voto que deberá entregarlo al Cnel. Manuel. Ruíz que habría de sucederle.
- El Cabildo decide obedecer en un todo lo dispuesto y dispone que el Regidor Alguacil Mayor le tome juramento al Alcalde de 1er. voto, quien “puesto en pie y echa la seña de la cruz, juró a Dios nuestro señor de cumplir bien y fielmente los empleos de Tte. Govn. Político y Militar y de defender los derechos de nuestro amad Sr. Dn. Fernando Séptimo y de sus legítimos subsesores, guardando justicia distributiva a las partes y hasiendo guardar las Rs. Leyes, Rs. Sedulas de su Magd., Rs. Proviciones de su Aletsa, autos superiores del Govno., ordenanzas y Leyes Municipales y de que se tratase en este Cavdo, con todo lo demas anexso y conserniente a su empleo.” A continuación Gastañaduy hizo entrega del Bastón.
- Sobre el oficio de la Junta de 19 de junio en el cual ordena se haga la elección de Diputado sin tener en cuenta si es casado o soltero “verificándose la asistencia sin etiqueta” para evitar la dilación y “que se verifique sin preferencia de asientos guardando toda armonía en la elección,”
- Sobre el punto diferido en la sesión del 25 de junio respecto a la elección del Diputado y teniendo presente la Superior Orden de la Junta Gubernativa del 19 de junio, se procedió a la elección de los vecinos que participarán del Cabildo Abierto. Se eligieron a: Dr. Francisco Antonio de Vera Muxica, Malaquias, Duarte Nebija, Gregorio Aguiar, Juan Caneto, José Amenabal, Rafael Montines, Pedro Sebayos, el Prior de Santo Domingo, el Guardián de San Francisco, el Comendador de la Merced, José Alcasar, Francisco Fernández, Manuel Villamea, Juan Francisco Tarragona, Manuel Maziel, Melchor Echagüe, José Aguiar, Vicente Poncada, Pedro Morsillo, Gabriel Lasaga, Gabriel Lasaga, hijo, Francisco Xavier Lasaga, Juan Infante, Manuel Pando, Bruno Aguinni, Manuel Sabala, Agustín Iriondo, Domingo Ríos, Agustín Peres, Agustín de Acortes, Javier Echagüe, Francisco Leiba, Dr. Manuel Rodríguez, José Preide, José Cruseyas, Simón Abechuco, Pascual Garrido, José Arias, Prudencio Arias, Pedro Lasaga, José Echagüe, Salbador Almenabal, Carlos Sabala, Bernardo Cabrera, Domingo Sañudo, Alberto Calderon, Melchor Piedrabuena, Francisco Piedrabuena, Manuel Mechao, Manuel Ignacio Andino, Ventura Col, Adrián Arriola, José Seguí, Lucas Echagüe, Vicente Roldán, Vicente Truyol, Xaime Agrimbau, Juan José Escalda, Francisco Mendes, Manuel Gomes, Juan Noseras, Juan Ignacio Basaldúa, Echagüe, Antonio, Ramón Cabal, Agustín Raneri, Pascual Santacruz, José Ignacio Caminos, Francisco Roldán, Gregorio Echagüe, Pedro Antonio Echagüe, José Pujol, Mariano Ezpeleta, Marcos Troncoso, Cosme Masiel, Santiago Domínguez, Francisco Quintana, José Quintana,. Mariano Comas, Francisco Alzogaray, Pedro Arias, Francisco Antonio Maciel, Marcos Pintado, Francio Echagüe, Francisco Aldao, Francisco Larramendi, Francisco Latorre, Francisco Colobren. Se ordenó se los citase por esquela para el día lunes 2 parra concurrir al Cabildo Abierto que iniciaría sus sesiones a las 9. Se sesionaría con los vecinos presentes.
- Se solicita a Prudencio Ma. de Gastañaduy copia a autenticada de la Real Cédula del 4 de julio de 1796 en que se lo nombró Teniente de Gobernador Político y Militar.