Resultados 10 - 15 de aproximadamente 534 de "Vara" en período de 1532 a 1900
11.
Perteneciente al 1 de Enero de 1595
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.206-I-1-1/I-F.206v

El teniente de gobernador entrega la vara de justicia a los nuevo salcaldes.

12.
Perteneciente al 3 de Enero de 1595
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.207-I-1-1/I-F.207v

El teniente de gobernador dispone el orden de los asientos que observaránlos regidores, en la siguiente forma: 1º Antón Rodríguez, 2º DiegoTomás de Santuchos, 3º Pedro Hernández, 4º Francisco Hernández, 5ºPedro Álvarez Martínez y 6º Pedro Álvarez Salguero.

Observaciones:Segunda parte del acta.

13.
Perteneciente al 1 de Enero de 1617
Tomo I Segunda Serie, *I-1-1/I-F.83-I-1-1/I-F.90v

-El alcalde Bartolomé de Angulo propone, de conformidad con la ordenanzaque se lee, sea privado de voz y voto el alguacil mayor Cristóbal González, quien cuestiona la resolución,solicita testimonio de lo dispuesto y se desprende de la vara de justicia.

-Se efectua la elección, que arroja los siguiente resuletados: alcalde de 1er.voto: capitán Sebastián de Aguilera, alcalde de 2do. voto capitánManuel Martín, regidores: 1º capitán FranciscoCuellar de Porras (alférezreal), 2º capitán Diego Ramírez, 3º Pedro Hernández (fiel ejecutor),4º Juan de Torres Pineda, 5º Antonio Tomás de Santuchos, 6º LuisRomero. Mayordomo: Felipe Cristal, Procurador: Alonso Fernández Romo,Alcaldes de la hermandad: Juan Jiménez Figueroa, Luis de Lencinas.

14.
Perteneciente al 2 de Enero de 1617
Tomo I Segunda Serie, *I-1-1/I-F.94v-I-1-1/I-F.96v

-Alonso Fernández Romo jura y asume como procurador general de la Ciudad.

-Se designa Juez de Bienes de Difuntos al Alcalde Sebastián de Aguilera, tenedor de dichos bienes al Regidor Francisco Cuellar de Porras y Mayordomo del Hospital al alcalde Manuel Martín.

-El Alguacil Mayor Cristóbal González es conminado a que tome la vara de justicia que abandonó, el dia anterior, en el Cabildo.-

15.
Perteneciente al 2 de Enero de 1617
Tomo I Segunda Serie, *I-1-1/I-F.96v-I-1-1/I-F.98v

Se le notifica la orden de retomar su vara de justicia, y que la resoluciónde habérsele privado de voz y voto en el cabildo, se tomó en cumplimientode una real provisión de años atrás. Este deja constancia que elevará su protesta al gobernador.

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