Elección anual. Por unanimidad resultan electos: alcalde 1: maestrede campo Antonio de Vera Mújica, alcalde segundo: capitán Cristóbal Jiménez de Figueroa, procurador general: general don Antonio de Godoy,alcaldes de la hermandad: Cristóbal de Avila y Salazar, Ignacio Montero de Espinosa, mayordomo: Francisco Rodríguez. El teniente de gobernador aprueba la elección y dispone que asuman los electos, previo juramentode defender 'la pureza de la virgen María' y posterior pago de la media anata.
Antonio de Vera Mujica expresa que no acepta su elección por estar pronto 'para ir a servir al puerto de Buenos Aires', y ser deudo político del otro alcalde, y que, en caso de no admitírselela renuncia, apelara ante el gobernador.
El cuerpo, primero, y elteniente de gobernador, después rechazan la dimisión y no hacer lugara la apelación, intimándole este último a asumir, su pena de $ 500,a abonar dentro de un día natural. Asumen los funcionarios firmantes,y al reiterar Vera Mujica la renuncia, el teniente de gobernador disponeque los 500 pesos los abone dentro de 4 horas, ordena su detenciónen la sala capitular, y le aplica otra multa de 9000 pesos.
Por estar corrigiendo el punto, se accede al pedido de sesión formuladopor el maestre de campo Antonio de Vera Mujica, considerando su causacomo criminial. Este presenta las peticiones que curso al tenientede gobernador, pidiendo se declaren justos los motivos expuestos parano admitir la vara de alcalde y se le otorgue libremente el recurso de apelación ante el gobernador los capitulares estiman que aquellosno son suficientes y se declaran incompetentes para juzgar el caso. El teniente de gobernador aprueba dicha resolución, excluyendo el votodel alcalde Jiménez de Figueroa, por haber sido electo en el mismoacto que Vera Mujica, e intima a este la asunción del cargo bajo penade 3 años de destierro en Buenos Aires, que le impone por auto. Aceptaque el alférez real se haga cargo, en depósito, de la vara de alcaldeprimero, sin perjuicio de lo que se resuelva sobre su titular.
Es obedecida la real provisión 'de reemplazamiento', dictada por laaudiencia de La Plata, que presenta el maestre de campo Antonio deVera Mujica, referente a la elección del año anterior y a las multas que se le aplicaron por no aceptar el empleo.Por petición, el maestrede campo Antonio de Vera Mujica, solicita al cuerpo exija, al tenientede gobernador, la presentación de su confirmación por parte de lareal audiencia, el auto respectivo del gobernador, y que cese enel cargo hasta la presentación de nuevas fianzas.
Arregui exhibe una real provisión de la audiencia de La Plata, del de febrero de1676, que lo autoriza a usar el empleo porhaber pagado la media anata,y un auto del gobernador aprobando la fianza dada. Por 'ser ya tardey para mejor estar en la inteligencia necesaria', se posterga la resolucióndel asunto para la próxima sesión.
De acuerdo con lo dispuesto en la sesión anterior, se pone a resoluciónla petición presentada en él, y la nueva entrega en ésta, por el maestrede campo Antonio de Vera Mujica, solicitando el cese del tenientede gobernador por no haber cumplido con los requisitos de la fianza.
Se considera nuevamente el auto del gobernador y la real provisiónque se sirvieron en el acuerdo antecedente, obedeciéndose ésta últimaen la forma que se consigna al pie de ella. Todas las actuaciones labradas al respecto, serán insertadas en el libro de cabildo.
Copia del auto del gobernador Andrés de Robles, dado en Buenos Airesel 19 de febrero de 1678, declarando nulas y sin ningún valor todaslas actuaciones del cabildo de Santa Fe en la deposición del capitán Juan Mateo de Arregui como teniente de gobernador, justicia mayory capitán a guerra de la ciudad, ordenando su reposición, que se cumpliríasin más trámite que la presentación sobre el cuerpo, y disponiendopenas de prisión y destierro a los que se opusieran a disciplinarias que caben a los cabildantes que promovieron y decidieron la deposición.
Copiade la publicación del auto, hecho en Santa Fe el 3 de marzo de 1678.
Observaciones: Al encuadernarse, no se respecto la foliatura original.
Observaciones: Se desconoce fecha exacta