- En razón de haberse revocado el poder otorgado a Francisco de Vera y Simón Bracho para actuar en los trámites de la concordia, de lo que se puso en conocimiento del Cabildo de Buenos Aires, se extiende uno nuevo al Capitán Juan José de Lacoizquetta, a fin de que continúe las gestiones para defender los derechos de Santa Fe.
Obs: (1)“veinti[...]zo”
- El Sargento Mayor Juan José de Lacoizquetta, apoderado de la ciudad en Buenos Aires, informa, por nota, que el Cabildo de dicha ciudad ha aceptado la contradicción de Santa Fe a las bases de la concordia. A efecto de proseguir la causa, y a su solicitud, se le remitirán las instrucciones pertinentes.
- Por auto del 13 de febrero el Gobernador ordena se lo exima del empleo de Alcalde de la Hermandad al Capitán Esteban Marcos de Mendoza, bajo pena de $200 a cada capitular que se oponga. Después de formularse algunas consideraciones sobre la jerarquía de dicho oficio, y de los derechos del Cabildo, se da cumplimiento al auto eligiéndose para el cargo al Capitán Andrés José de Lorca, “Guarda Mayor y Comisario en la otra banda del Paraná”, quien jura y asume.
- La petición presentada por el Procurador General, que anexa copia del bando del día 30, es reservada para otra cesión.
- El Alcalde 1º presenta una carta del apoderado en Buenos Aires, Juan José de Lacoizquetta, requiriendo pronta respuesta a lo que expone sobre la acción de ganado en el río Negro. El Alcalde 2º solicita que el apoderado contradiga las alegaciones hechas por el Procurador de Misiones contra los vecinos de Santa Fe, y que no admita el arreglo que pretende hacer con el Cabildo de Buenos Aires, estimando que debe obtener los testimonios que se le señalaron y la poseción de la acción. El Alcalde Provincial y el Alguacil Mayor se conforman con el parecer del Alcalde 1º, y el Regidor Juan de Zevallos con el del 2º, mocionado para que dicha carta se copie en el libro de acuerdos.
- [Falta la cabeza del acta]
- ..., y se informa al Procurador General de esta resolución.
- El Alcalde 1º exhibe testimonio autorizado de la Real Provisión que ampara a esta ciudad en el derecho a la acción de ganado que posee en la otra banda de los ríos Negro y Uruguay. Se resuelve trasladarlo al Procurador General, para que éste solicite su cumplimiento.
- Para evitar los desórdenes que se producen en la otra banda del Paraná en las faenas de sebo y grasa, se designa al Capitán Andrés de la Bastida. Debía, además, verificar que las recogidas se hicieran por el número autorizado, e impedir las clandestinas. el Alguacil Mayor se opone a la designación por estimar que la creación de “ministros” es de competencia gubernativa y no capitular. Se resuelve dar traslado de todo al Procurador General para que pida y alegue lo que convenga, declarando que el otorgamiento de licencias para vaquerías es de competencia del cuerpo.
- Elección anual. Resultan electos: Alcalde de 1| voto: Maestre de campo Juan de Lacoizquetta; Alcalde de 2| voto: Sargento Mayor Francisco Javier de Echagüe y Andía; Alcaldes de la Hermandad: Sargentos Mayores Antonio de Bargas Machuca, Francisco Carballo; Procurador General, Defensor de Menores y Promotor Fiscal: Capitán Pedro de Urizar; Mayordomo: Capitán Nicolás de Estrella.
El Teniente de Gobernador aprueba la elección y asumen los firmantes. Se comete a aquél poner en posesión a los Alcaldes de la Hermandad, que se hallan fuera de la ciudad.