El cabildo constituido en junta, le notifica lo resuelto en el día. El visitador general aprueba las disposiciones tomadas sobres ambos asuntos.
El teniente de gobierno ordena copiar la real cédula que dispone quelos indios que por sus daños y hostilidades causen grandes perjuicios y sean tomados en guerras, deben ser sometidos a servidumbre perpetua, lo cual, con la resolución de la junta del día 8 y la respuesta delvisitador general Andrés Garavito de León, se eleva al gobernador.
-Copia de la petición del procurador Diego de Vega y Frías solicitandose dejen sin efecto las medidas tomadas por el gobernador J. de Lariz, referentes a la obligación de los encomiendas de presentar confirmaciónde dichas concesiones, en razón, entre otras causas, de que las encomiendas que existen en la ciudad no pasan de 20 indios.
-Copia del auto del visitador general Andrés Garavito de León, dado en Santa Fe el11 de noviembre de 1653, concordante con los similares dictados enCorrientes y Asunción, declarando que los derechos de encomiendasque posean menos de 30 indios no necesitan confirmación.
-Copia de los autos del 2 y 12 de septiembre de 1652 y de los 2 pregones correspondientes, del 4 de octubre de 1652, dados en Asunción sobredicha materia.