Resultados 15 - 20 de aproximadamente 33 de "Yerbas Tabacos" en período de 1532 a 1900
16.
Perteneciente al 20 de Noviembre de 1717
Tomo VII, VII – f 360v a 362

- El Teniente de Gobernador informa sobre la imposibilidad de levantar el fuerte en el lugar indicado por falta de madera y trabajadores, proponiendo que el destacamento sea ubicado en alguno de los 2 antiguos situados sobre el Paraná y Salado. Se elige el del Rincón, para impedir el paso de los indígenas y facilitar el comercio del Paraguay y el tránsito a las estancias de la otra banda, de las que la ciudad se mantiene. Son dispuestos los gastos de yerba, tabaco y carne; y la provisión de caballos para dicha tropa.

- Se autoriza pagar al armero lo adecuado por reparación de armas, en atención a su falta de recursos.

17.
Perteneciente al 8 de Enero de 1718
Tomo VII, VII f 372 a 373

- Se considera el pedimento presentado por el Procurador General el 10 de diciembre, sobre la prohibición de sacar, vender y traspasar yerba. Se resuelve que el Procurador solicite al Tesorero, el auto correspondiente del Gobernador y demás papeles, para, con ellos, que el cuerpo decida el tramite a seguir.

- Con respecto a la provisión de caballos para el destacamento, se dispone la adquisición de 200 a costa de la ciudad.

- Los Diputados para la construcción del fuerte solicitan yerba, tabaco y reces. Les son concedidos, con obligación de rendir cuentas.

18.
Perteneciente al 14 de Febrero de 1718
Tomo VII, VII f 379v a 381

- Los diputados para la construcción del fuerte, Alcalde Pedro de Mendieta Zárate y Regidor Propietario Melchor de Gaette presenta las diligencias levantadas con motivo de la imposibilidad de su creación, y solicitan, en visita de las razones expuestas, se arbitren recursos para poder llevar adelante lo resuelto en la “consulta de guerra” efectuada en dicho paraje. Se establecen, para propios, los siguientes gravámenes sobre los artículos y mercaderías que entren y salgan de la ciudad, a vecinos y forasteros, y a pagar e la respectiva especie: por cada Zurrón de yerba; 4 reales; saco de tabaco, 8 reales; saco de algodón, 8 reales; cabeza de ganado, ½ real; 1 mula, 2 reales. Para obtener la aprobación del Gobernador y demás tribunales, se les remitirá testimonio del presente acuerdo y carta informativa.

19.
Perteneciente al 28 de Febrero de 1718
Tomo VII, VII f 384v y 386

- El Capitán Cristóbal de Oña, Comandante del Destacamento, entrega una nota del Gobernador referente a la suspensión del fuerte que debió construirse en el “conmedio y laguna de Paiba”, y solicita la provisión de carne, tabaco y yerba para sus soldados. Los capitulares emiten sus opiniones respecto de la carnicería de propios y del compromiso del Cabildo para atender la mantención de la tropa. El Alcalde Tomás de Noseda ofrece 12 reses, y el Alférez Real expone su imposibilidad de entrega más animales. Se resuelve disponer la providencia de alguna manera, y que los 12 vacunos se destinen a la tropa que mudará la guardia de Rincón.

20.
Perteneciente al 8 de Mayo de 1718
Tomo VIII, VIII f 2v

- Continuando el acuerdo anterior, se resuelve solicitar al Gobernador que, además de los recursos propuestos, se cobre a los productos del Paraguay: por cada tercio de yerba, a 2 reales; y por cada arroba de tabaco, azúcar y algodón, 1 real.

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