- El Regidor Aldao considera viciada de nulidad la recepción del Alguacil Mayor Cayetano Jiménez, sustituto de José Manuel Troncoso, menor de edad y titular, por renuncia que en su favor hizo su padre Manuel Troncoso. Señala que el “Gazofilacio Real del Perú”, en el tratado de las calidades de renunciaciones, y las leyes 22, título 10, libro 4º y 44, título 2, libro 3º de la Recopilación de Indias, prescriben que los ejercicios deben ser ejercidos por sus propietarios y no por sustitutos, sin que a ello se oponga la Real Cédula que declara válida las renuncias hechas en personas indeterminadas. Solicita testimonio del presente acuerdo y del que asumió Cayetano Jiménez. El cuerpo obedece las leyes citadas, dispone la entrega de las copias, y declara que actuó en cumplimiento de superior despacho proveído por el Real Tribunal de Hacienda.
- El Alcalde 2º hace saber que en virtud de lo acordado el 20 de noviembre, el día 23 libró exhorto al Teniente de Gobernador para que ordenara al Capitán de Forasteros Juan Antonio de la Lastra y al Ayudante Miguel Martínez, prestasen declaración en las informaciones dispuestas por el cuerpo. Por no haberse tenido respuesta alguna, se ordena elevar los expedientes al Gobernador.
- Dicho Alcalde 2º hace entrega de $42 con destino a propios de ciudad, que obtuvo de las multas aplicadas a Jerónimo Jaques y José Barco, condenados por tercias partes, y a dos indios, cuatro mujeres, un mulato, un mendocino.
- El Alcalde Provincial declara que la prohibición dispuesta para impedir la extracción de grasa, sebo y ganado es insuficiente para evitar la ruina de las haciendas de Santa Fe y su jurisdicción. Señala que en tres años casi han desaparecido los ganados, al punto que no hay criador que tenga y pueda para rodeo; y que el diezmo, que años atrás alcanzaba a 6000 vacas, ahora es ínfimo. Recuerda que el Gobernador José de Andonaegui prohibió la extracción a otras provincias y la matanza a “vacas hembras”, disposición, ésta última, que aún se cumple en Buenos Aires. Propone que en cada partido se haga una recogida general, y que los criadores separen los animales, repartiéndose los “orejanos” en forma proporcional a los que poseen ganados. Luego, como se hizo hasta 1767, el ganado debería sujetarse a corral y pastoreo. Para la medida sugerida señala la necesidad de designar “un sujeto perito en el campo y de acreditada conducta”con las facultades necesarias. El cuerpo accede a la moción en todos sus términos, y lo faculta para el nombramiento de los referidos comisionados.
- Se recibe del Coronel Diego de Salas, Gobernador interino, la nota que confirma las elecciones anuales. El Justicia Mayor, exhibe la carta de Félix Troncoso, electo Alcalde de la Hermandad del Paraná, avisando que vendrá a asumir. Lo mismo hace con la que suscribió Francisco Antonio González, en la Capilla del Rosario, el 11 del corriente, solicitando asumir ante el Alcalde Provincial por hallarse en la cosecha de trigo y estar enferma su consorte. Se le responderá que baje a la ciudad, desaparecidos dichos impedimentos. El Justicia Mayor representa que en salvaguarda del mejor Gobierno, cursó exhorto al Gobernador de las Armas, con inserción de las órdenes dadas por el Gobernador el 13 de agosto de 1771 y 25 de febrero de 1773, a fin que cesase en el despacho de licencias que deben solicitar los comerciantes, por competerle a su oficio. Informa no haber recibido respuesta y que el 16 el Gobernador de las Armas promulgó un bando que comprende todos los puntos que le expuso. Somete el asunto al cuerpo, atendiendo a su deseo que cada Juez ejerza funciones que le competen. Se resuelve notificar Gobernador de las Armas las citadas providencias, y la confirmación de Aldao como Justicia Mayor y Alcalde 1º y requerirle manifieste las órdenes que posea en virtud de las cuales así procede. Cumplida la providencia, el Gobernador de las Armas admitió remitir las copias y que se ocurra por ambas partes al Gobernador para que decida las facultades de cada uno.
- El Regidor Decano Juan de Zevallos, Justicia Mayor y Alcalde 1º interino, que convocó el acuerdo, da cuenta de “los injustos procedimientos, violencias y atentados” que el Presidente de la Junta Municipal de Temporalidades, Juan Francisco de la Riba Herrera ha perpetrado contra él y Juan Francisco Aldao, con evidente y depravado exceso de sus facultades. Hace saber que en el acuerdo celebrado por dicha Junta para tratar sobre el remate del esclavo Juan Esteban, de las Temporalidades de Córdoba, que pretendía adquirir Riba Herrera, éste agravió a Aldao llamándolo, “fiador al Rey y perturbador de la República”, por lo cual el Justicia Mayor, recursos ante la justicia Provincial. Solicita acuerdo a exhortar a Riba Herrera a contener “su desmedido despotismo”, evidenciado desde que llegó a la ciudad, contra el vecindario y los Justicias. Se lee el exhorto, requiriendo presencia del Regidor Zevallos, o cualquier otro, para no demorar los asuntos. El Alcalde º2 propone la concurrencia de Zevallos, y que se informe al Gobernador sobre el retiro del diputado. Los restantes capitulares adhieren al parecer, al suspender al Justicia Mayor Interino la aprobación de lo resuelto, los mencionados manifiestan que se haga conocer a Ribas Herrera las determinaciones adoptadas.
- Mediante memorial, Juan de Silva suplica se le exonere de la pensión militar y mantenerse en esta ciudad, para ejercer su oficio de Sangrador. Por carta recibida ante el Cabildo, el cuerpo accede en lo que le compete y resuelve requerir al Gobernador de las Armas que también lo haga. Por memorial, José Manuel Villaseñor, hace presente el error que cometió en su anterior pedimento al consignar los terrenos de Vicente Hereñú, en lugar de José Pereyra, señalando que en aquellos existen “dos lagunas casi terminables”. El cuerpo revoca su resolución y le concede las 4 cuerdas de los terrenos de Pereyra. El Regidor Juan Francisco Roldán, expone en su memorial que al dársele posesión de las 4 cuerdas que el cuerpo concedió de merced, se halló haber sido otorgada con anterioridad, por lo que solicita otras 4 contiguas a las dadas a Villaseñor. Se accede y revoca la anterior concesión. Pedro del Valle solita la cancelación de la fianza que otorgó en su favor de Ventura Díaz por el arrendamiento de unas canchas, en razón de haberse vencido el término de él. Se consideran los autos obrados sobre el queja de Feliciano Lacoizqueta contra Pablo Bustillo, Comisionado del Alcalde Provincial y el exhorto que éste libró. El Justicia Mayor informa que en el título que concedió, de Cuadrillero Mayor a Francisco Solano Frutos reconoció el exceso incurrido por el Alcalde Provincial al concederle la facultad de oír demandas hasta $ 200 y remitirle las que montan hasta $ 500. Al quitársele esa facultad, el Alcalde Provincial representó que no competía a los Juristas ordinarios atender en el asunto. En consecuencia se le da plazo de un mes para presentar su título, a fin de verificar sus facultades. Intentando quedarían en suspenso las multas aplicadas. Mediante memorial, Bernardo Garmendia presenta título de Maestre Mayor Conservador de Postas y Correos, despachados por Manuel Basavilbaso, Administrador Ordinario de la Renta de Correos, y las Ordenanzas de dicho rubro se obedecen y se resuelve requerir a Garmendia la nómina de los empleados de dichos ministerio.
- Se considera la providencia que dictó el Virrey el 27 de marzo a instancia de Domingo Maziel, ordenando la remisión urgente del acuerdo en que el cuerpo se declaró con facultades para remover, sin conocimiento de causa, el peticionante y la reposición de este. El Alcalde 1º obedece la providencia y suplica por el reintegro de Maziel, en vista de los fundamentos del cuerpo y del estado de la Caja al entregarlas a Juan Francisco de Larrechea, que acusó una “falla” de $ 3.488 y 6 reales, a más de $2.302 y 2 reales por deudas, con que enteró el descargo de las cuentas de los años anteriores. Omite por ahora, contestar sobre las “varias producciones” que Maziel alega respecto del “honor, decoro y respetos de este Cabildo” y de la insolvencia de sus miembros. Propone suspender la reposición hasta tanto el Virrey considere el asunto, y que se le extienda a Domingo Maziel los testimonio solicitados. Con excepción del Regidor Vicente Hereñú, el cuerpo aprueba dicho parecer y se dispone enviar el informe y la documentación pertinente al Apoderado en Buenos Aires.
Obs: Acta extraordinaria por realizarse en Sábado Santo.