Resultados 15 - 20 de aproximadamente 206 de "testimonios" en período de 1532 a 1900
16.
Perteneciente al 20 de Mayo de 1624
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.151v-I-1-1/II-F.152

Es dispuesto el remate de las carnicerías para el abasto de carne vacuna a la población.

Observaciones: Al margen del folio 152 figura el testimonio del ppregón dado el 22 de mayo y firmado porel escribano García Torrejón.

17.
Perteneciente al 30 de Diciembre de 1624
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.162v-I-1-1/II-F.163

Testimonio de que el alcalde Cristóbal Matute de Altamirano y el regidorLuis de Lencinas, en presencia del escribano y testigos, renovaronlos mojones del ejido de la ciudad.

18.
Perteneciente al 10 de Junio de 1625
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.203v-I-1-1/II-F.204v

-El alcalde Pero Hernández propone dar testimonio al capitán Sebastián de Vera Mujica sobre su petición por vaquerías y la designación deun procurador ante el oidor y visitador general Alonso Pérez de Salazar para gestionar la instalación de una aduana y establecer que lasmercaderías y esclavos que entran alpuerto de Buenos Aires lleguen hasta esta ciudad.

19.
Perteneciente al 23 de Junio de 1625
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.204v-I-1-1/II-F.206

-Se extiende poder a Pedro de Mendieta para que gestione ante la Real Audiencia de la Plata el establecimiento de una aduana en la ciudad.

-Se decreta un precio mínimo para el ganado vacuno, considerado como moneda de la ciudad, a fin de que, en base a él, se efectúen las transacciones comerciales, con el propósito de evitar excesos por parte de los mercaderes que lleguen a ella y usufructúan con la pobreza de la ciudad. Copia del decreto se remitirá a la Real Audiencia de la Plata para su confirmación.

Observaciones: Al margen del f.205 figura el testimonio del pregón del decreto citado, hecho el 15 de agosto, por el Escribano G. Torrejón.

20.
Perteneciente al 10 de Octubre de 1625
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.238v-I-1-1/II-F.239

- El alcalde Pero Hernández solicita testimonio de la opinión vertidapor él y el teniente de gobernador Juan de Zamudio en ocasión de quese le intimara a éste el cese del mando. Se resuelve que se le extienda'pie y cabeza, y no más' de dichas actuaciones.

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