- Respecto del sitio que se le otorgó a Justiniana Suárez de Cabrera y que solicitó Francisco Jorge de los Santos, por haberlo aquella dejado desierto, se le concede de merced a éste.
- El Regidor Juan Francisco Aldao, expone que están destinados los arbitrios para mantener 63 plazas para la custodia y defensa de la ciudad, y dicha tropa debe residir en el fuerte de la frontera, hace presente que el Capitán de la Compañía Bernardo Garmendia se halla en su casa y quinta “lo más del año”. Se dispone que el Escribano le notifique la obligación de asistir en el fuerte y a los Conjueces de la Caja que tomen notas de la ausencia de Garmendia para descontarlas de su paga.
- Ante la renuncia de Juan José Salazar como Juez Comisionario de Los Arroyos “por su ancianidad y achaques” y el informe del Alcalde de la Hermandad de dicho Partido sobre la idoneidad de Rafael Jaimes, Teniente reformado de milicias, se resuelve designar a este en su empleo.
- El Escribano informa que al notificar a los Conjueces de la Caja de arbitrios sobre lo acordado acerca de Bernardo Garmendia, el Tesorero le respondió le descontaría de su sueldo las faltas que tuviera, siempre que no contara con licencia del Teniente de Gobernador para ello; y que Domingo Maziel le contestó que el cuerpo carecía de facultad para dicha providencia, no debía tener intervención en la Compañía de dotación por corresponderle al Teniente de Gobernador. Se posterga el asunto para otro acuerdo.
- Mediante memorial, Antonia Toledo y Pimentel hace relación que su padre y un hijo murieron el la guerra, y que otro se halla de “Capitán vivo del vecindario”, por lo que solicita de merced un retazo de tierra sito a extramuros de la ciudad. Se le concede.
- Atento haberse dispuesto la adquisición de ornamentos para la Capilla del Cabildo, se ordena entregar al Alcalde 2º $30 “del segundo tercio de pulperías”, para que adquiera en Chile cáliz, patena y vinajeras con su platillo.
- Elección anual. Por paridad de votos el Teniente de Gobernador “regula” la elección en los siguientes candidatos propuestos por el Alcalde 2º Domingo Maziel, el Regidor José Isidoro de Larramendi y Depositario General Manuel Carballo. Resultan electos Alcalde 1º y Juez de Rentas, Juan Francisco Roldán; Alcalde 2º y Juez de menores, Tomás Vicente Hereñú; Alcalde de la Hermandad del Paraná, Juan de Zetúbal; Alcalde de la Hermandad de los Arroyos, Francisco Antonio González; Procurador General y Defensor de menores y pobres, Depositario General Manuel Carballo; Mayordomo, Pedro de Valle. Al emitir sus votos el Alcalde 1º impugnó al Depositario General por haber vacado su oficio al no tener aprobación, tal cuál lo hicieron años anteriores los Alférez Reales José de Vera Mujica y Pedro Florentino de Urizar. El Alcalde 2º respondió que esa objeción debió ponerse el día de la calificación. Al terminar la votación el Alcalde 1º declara nula la elección hecha por el Alcalde 2º en Juan Francisco Roldán por ser compadres y desempeñarse como cajero administrador de los tres pueblos que estuvieron a cargo de los jesuitas, e igualmente la hecha por el Regidor José Isidoro de Larramendi por ser primo hermano de su mujer y que es nula también, la regulación del Teniente de Gobernador porque viene de los votos de su hermano Domingo, Alcalde 2º y ser Carballo primo de ambos. El Teniente de Gobernador expresa que la situación de Carballo es correcta porque su confirmación se halla radicada en consulta ante el Gobernador y en razón de no haberse objetado dicho capitular el día de la calificación de votos. En cuanto a las demás excepciones puestas en los que eligieron a Roldán las estima “despreciables” porque Domingo Maziel no es pariente ni compadre y las leyes permiten la confirmación de parientes y hasta de sí mismo. Sobre la nulidad de Roldán, se manifiesta que los cargos que posee cesan antes de asumir el oficio capitular. Por tanto no hace lugar a las objeciones. Juran y asumen los firmantes, se dispone la citación de los electos y elevar testimonio del acto al Gobernador para su aprobación. El Regidor Juan de Zevallos se hace cargo, interinamente, de la vara de Alcalde 2º.
- El Gobernador de las Armas y Presidente de la Junta de Temporalidades, por nota del 14 del corriente, noticia su salida a los partidos de la jurisdicción, por orden del Gobernador, para pasar revista general a todas las milicias Deja el mando de las urbanas a cargo del sargento Mayor de Plaza y el cuidado del Archivo de temporalidades al teniente de Dragones y Capitán de la Compañía de Dotación Bernardo Zenano.
- Se obedece la Real Provisión dada en La Plata, el 12 de febrero de 1772 que confirma la renuncia que hizo del oficio de Alguacil Mayor el finado Manuel Troncoso en su hijo menor José Manuel, y el nombramiento de sustituto en Cayetano Jiménez, por doña Elvira de Zavala. Su cumplimiento se difiere para otro acuerdo.
- El Escribano de Cabildo informa que por disposición de la Junta de Temporalidades debe pasar a la estanzuela de Santo Tomé para la entrega judicial a su rematador.
- Por hallarse enfermo el Justicia Mayor y Alcalde 1º Juan Francisco Aldao, el regidor Decano Juan de Zevallos, se hace cargo interinamente de ambos oficios. Mediante decreto del 10 del corriente, el Gobernador de las Armas traslada al cuerpo el pedido de Jacinto Vergara, vecino de Coronda, para conducir a Córdoba 50 vacunos. Se le concede, siempre que sean novillos e inspeccione la extracción Manuel González, también vecino del partido. A su pedido se concede de merced al Regidor Juan Francisco Roldán, 4 cuerdas de cuadrado para quinta. Mediante memorial Feliciano Lacoizqueta hace relación de multa de $ 10 que le aplicó Pablo Bustillo, Comisionado del Alcalde Provincial por haber encontrado en su pulpería a Claudio Martínez y solicita se le requiera a aquel sus títulos, y que de todo se le de vista para deducir el agravio que le han hecho y los cometidos en el partido de Coronda. Se dispone que por el juzgado de 2º voto sean amos citados a comparecer a cuyo efecto se da comisión al mencionado González. Por memorial Joaquín Lazo solicita merced medio sola. En razón que varias embarcaciones de Paraguay han pasado vía recta al puerto de Las Conchas, eludiendo el preciso de esta ciudad y los arbitrios establecidos para pagar la Compañía de Dotación que hoy se considera imposible por falta de fondos. Se resuelve que los Conjueces de la Caja de Arbitrios traten de “establecer en el puerto llamado Ana María una guardia estable” para que obligue a las embarcaciones entrar en el Colastiné.