- El Alcalde informa que el Ministro Malaquías Duarte Neves ha aceptado predicar el sermón “pero las señoras devotas mayordomas” del Patrón San Jerónimo le manifestaron que con los $ 25 no pueden sufragar el costo de la función. Se le encarga que busque quien se haga cargo de la función con esa cantidad. Mediante petición, Miguel Garmendia, Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, presenta las cuentas, libros y comprobantes, de los percibido entre el 10 de octubre de 1783 hasta la misma fecha de 1784. Se comete al Alcalde 2º su glosa y devolverla al Tribunal pertinente. Atento a no tener la ciudad “marco ni balanzas” para el uso del comercio, se resuelve depositar en kha los $ 7 y medio dispuestos a pagar el que no ha encargado. Mediante memorial Feliciano Bernal, solicita de merced un cuarto de solar, “pasado la zanja”. Se le concede, sin perjuicio de calles ni caminos.
- El Alcalde 2º, informa que no halló defensor alguno en la cuenta presentado por el Recaudador de Arbitrios, Miguel Jerónimo Garmendia, que ascendió a $ 16.41 y 6 y medio reales. El Regidor Decano Juan Francisco Aldao expresa que respecto de la Recaudación de Arbitrios y ha expuesto largamente su parecer. En razón de que “las señoras mayordomas” del Patrón San Jerónimo expresaron no ser los suficientes los $ 25 señalados para el costo de la función, se resuelve acordar $ 35 por ahora y ofreciéndoselos. En caso de no aceptar, el Alcalde 1º como Juez de Rentas, se haría cargo de la función. Además se solicitará al Gobernador el establecimiento de dicha asignación. Mediante pedimento, el Administrador de las Reducciones solicita testimonio del acuerdo en que el Cabildo y el Comandante Gabino Arias convinieron en el establecimiento de un fuerte en Malabrigo. No se le concede, por cuanto el cuerpo ya ha hecho todas las relativas pertinentes. El Teniente de Gobernador hace saber que el Cura de San Pedro le ha informado, por carta, que algunos indios de su pueblo pretenden traer la gente de la destruida reducción de “Amangay”. El cuerpo resuelve dar cuenta al Gobernador y declara que no es conveniente traer indios a la jurisdicción ni aumentar la población de San Pedro. Mediante pedimento, Ignacio Crespo solicita se le exonere de la fianza que otorgó a favor del Tesorero de Bulas, Salvador Ignacio de Amenábar, según las causas que expone. El cuerpo resuelve diferir la resolución para determinar con la vista de Amenábar. Se dispone convidar al Vicario a la función de Nuestra Señora de la Natividad. El Regidor decano se hace cargo del turno de Fiel Ejecutor. Se suspende la visita de tiendas y pulperías, hasta tanto la superioridad determine sobre el particular. A su pedido se concede de merced, a María Cardozo un cuarto de solar, sito “junto a la laguna de Guato”.
- El Ministro de Real Hacienda, Rafael Genero, presenta un permiso del Gobernador Interino para no mostrar caballo en el paseo del Real Estandarte. Se admite. Dicho funcionario presenta copia en el Real Despacho dado en el Pardo a 19 de Marzo de 1777, por el cual los Oficiales Reales de Buenos Aires tendrán “lugar y asiento” inmediato a los Alcaldes Ordinarios. Se obedece. Se dispone pagar los novenarios al Patrón San Jerónimo, convidar a los Mercedarios y pedir los repiques. Debido a la plaga de langosta, se acuerda una rogación “a los patrones San Jerónimo y Señora de la Merced, que se sacarán en procesión el viernes 30 a la tarde” por los extramuros. A su pedido, se concede de merced a Martín del Valle, un cuarto de solar en el barrio San Antonio. Para iluminar la cárcel, se dispone que todas las noches se provea una vela a pagarse con los propios. El Teniente de Gobernador expone que sirvió cerca de 2 años como Sargento Mayor de Plaza, en cuyo tiempo concurrió a las expediciones contra los indios fronterizos, después comando las Milicias y la de Dotación a la campaña el Río Pardo, y a su regreso continuó prestando servicios en la ciudad, hasta que en marzo de 1777, asumió como Teniente de Gobernador, en cuyo desempeño realizó numerosas salidas entre los indios, obteniendo su pacificación hace 30 años, participó en la defensa del pueblo de Cayastá de Charrúas y de la traslación de ellos y reedificación de San Pedro. En razón de que ha servido siempre sin sueldo, solicita certificación se su desempeño para ocurrir al Virrey, a fin de solicitarle alguna asignación a fin de “que compense, en parte, los gastos y fatigas”. Se accede.
- El Gobernador Interino por cara del 4 de septiembre remite un ejemplar de las Ordenanzas de Intendentes, del 28 de mayo de 1782, para el cumplimiento de las obligaciones del Cabildo Ordena que el Escribano extienda certificación de los artículos referentes a los ramos de Propios y Arbitrios. El cuerpo obedece las Ordenanzas. Y respecto de la integración de la Junta Municipal de Propios que debe componerse con el Alcalde 1º como presidente, más antiguo, 2 Regidores y el Procurador General, éste, sin voto, en razón de hallarse nada más que el Regidor Decano, y ante la duda de si el Alguacil Mayor y Alcalde 2º pueden subrogar al Alcalde 1º, se resuelve consultar al Gobernador Interino. Atento lo prescripto por las ordenanzas 7 y 8, sobre extinción de Gobernadores y Corregidores, ante la duda si debe cesar el actual Teniente de Gobernador y en quien recaerá el mando político, se resuelve consultar al Gobernador Interino. Al votar, el Alcalde 2º expuso que el capitulo 8 anula la facultad de poner Teniente de Gobernador, cargo que se extinguirá al quedar vacante o al cumplir 5 años de ejercicio, no determinándose cuando debe comenzar este plazo. El Regidor Decano, opinó que el Teniente de Gobernador, debe cesar, y que el Alcalde 1º, se haga cargo del Gobierno político, como ha sido costumbre inmemorial. Mediante pedimento el Alférez Real José Vera Mújica apela, por vías de agrario, la resolución del Cabildo, concediendo al Ministro de Real Hacienda Rafael Guerrero, el asiento inmediato, a los Alcaldes Ordinarios y solicita testimonio de dichos acuerdo, y de su título. El cuerpo declara que tomó esa determinación en cumplimiento de la Real Cédula presentada, y le concede la apelación y testimonio solicitado. El Regidor Decano se opuso, expresando no tener noticia del asiento de Alférez Real por no haber manifestado ese privilegio ante el cuerpo, y reserva su parecer.
- Por pedimento, “el Ministro Tesorero Propietario de Real Hacienda”, Rafael Moría Guerrero, manifiesta que el 19 de septiembre ocurrió el Gobernador Interino con la confirmación de su título y de la Real Cédula sobre el asiento asignado a los Oficiales Reales, habiendo obtenido la apropiación de ambos, y ante la presentación del Alférez Real interponiendo recurso de apelación, por el asiento en las funciones públicas, que ya usó la víspera del Patrón San Jerónimo, protesta que el cuerpo se lo haya concedido, por haberla hecho sin ser citado, por no tener facultad el cuerpo, y por haberla admitido, para un tribunal “extraño”. El cuerpo declara que concedió la apelación y los testimonios antes de obedecer las Ordenanzas de Intendente, motivo por el cual no tuvo tiempo suficiente para conocer cual era el tribunal competente y que en ello no hubo intención de agravio. Señala que el Ministro debió presentar la Real Cédula al Gobernador Interino, para que éste mandara al cuerpo su cumplimiento. Además se le conceden todos los testimonios que solicita. El Regidor Decano se abstiene de dar su parecer por no estar instruido de las Ordenanzas. El Teniente de Gobernador declara que no es de su competencia determinar este asunto, por serlo privativo del Gobernador Interino, según los capítulos 80 y 73 de las Ordenanzas. Mediante pedimento, Ignacio Crespo reitera que Salvador Ignacio de Amenábar lo releva de la fianza que otorgó a su favor. Se resuelve dar vista a Amenábar, para determinar. A su pedido se concede de merced, a Juana Petrona Muñoz, un cuarto de solar sito entre los sitios de José Medina y Matías Valle.