- Se abre el punto a todas las causas y negocios civiles. Por oficio del 13 del corriente, el Teniente de Gobernador remote un plano que contiene la estancia fundada y el nuevo fuerte titulado “El Socorro” levantado para defensa de San Jerónimo. Señala que todo se ha realizado sin aumentar gastos y con más beneficio que la entrada al Chaco, deparando un ente natural para las invasiones de los infieles, y una seguridad para el territorio, vecindario, y aun el comercio al Perú. Expresa que ello se debe a los medios proporcionados por el Virrey del Pino, sugiriendo se les hagan expresivas las gracias y el reconocimiento. El cuerpo resuelve que, en audiencia del Procurador se le agradezca a dicho mandatario, y al Teniente de Gobernador, por su celo y desempeño. Por oficio del 13, el Virrey remite un ejemplar del Reglamento de Milicias disciplinadas puesto en vigencia para todo el Virreinato. Por oficio del 13, el Comendador de la Merced, Fray Alejo Burgos, participa que ha abierto las escuelas, de par en par, para impartir la enseñanza, y en consecuencia solicita al Cabildo disponer las providencias necesarias para la concurrencia de la juventud. Luego de oírse al Procurador General, el cuerpo resuelve expresarle su extrañeza por la propuesta hecha, después de 6 o 7 años que esa comunidad faltó a la obligación de mantenerlas, por haber sido ello condición al cedérseles el Colegio de los Jesuitas. Señala que ellos mismos deberán lograr la asistencia de los alumnos, como se ve en las escuelas de San Francisco, con el nuevo maestro, sin que el anterior, no obstante su ancianidad, hubiera dejado decrecer el alumnado. Señala que el cuerpo no puede obligar a los padres de familias a enviar sus hijos a dichas escuelas “habiendo otras”. Señala que en los 3 años, más o menos que las tuvieron abiertas, suplantando a los maestros seculares, se pudo constatar el poco aprovechamiento de los alumnos, y el escaso empeño de los maestros, por sus excesivos cambios, habiéndose desempeñado el propios Comendador, y “el hermano demente Fray Pedro”. Que lo mismo puede decirse de los cursos de filosofía que se dictaron en el Convento viejo. En consecuencia se le hará saber que por haberse solicitado a la superioridad el establecimiento de las escuelas, no tiene el Cabildo, que disponer providencia alguna. La presentación de la viuda Luisa Jayme sobre varios ultrajes personales que ha recibido del Comisionado Fermín de la Rosa, se traslada al Alcalde 1°, para que tome conocimiento del asunto.
- La Real Audiencia por oficio del 15 del corriente hace saber al Teniente de Gobernador, en respuesta de la vista que pidió del expediente promovido por Mariano Comas por despojo de vara y otros agravios en el cual se le aplicaron a aquél las costas que se le otorgará la audiencia pedida por medio de procurador. El Capitán General Santiago Liniers por oficio del 18 del corriente, deniega el pedido de exención formulado por Francisco Icart. Dicho mandatario, por otro del 16 del presente, ordena que en caso de que la enfermedad de Carlos Antonio Zabala sea grave y le impida ejercer, se proceda a efectuar nueva elección; y si está en condiciones de desempeñarse continúe el Alcalde del año anterior. En consecuencia, se requerirá a Zabala la presentación del certificado de cirujano de la ciudad. El Cabildo de Buenos Aires, por oficio del 19 del corriente, hace presente que no recibió respuesta de la circular que cursó el 17 de enero a los ayuntamientos de las provincias interiores, solicitando socorro con motivo de la invasión que se esperaba por lo cual reitera el pedido. Con dicho pliego se recibió la siguiente documentación: proclamas del Capitán General del 13 y 18 de febrero; lista de las pensiones de la reconquista que se disfrutan desde 11 noviembre de 1806; noticias del correo de Montevideo, del 10 de febrero; lista de los donativos hechos a raíz de la circular del 27 de enero y su aplicación en Socorro de viuda, huérfanos e inválidos, una gaceta extraordinaria de Madrid, “que abraza 3 capítulos”; y una relación de la entrega “de la lámina que costeó y consagró la villa de Ocura” a Buenos Aires. Se dispone dar traslado del oficio al Caballero Síndico y de la documentación al Escribano para que forme un legajo y lo archive. Por decreto del 16 del corriente, el Capitán General solicita informes sobre el pedido de licencia formulado por el Alcalde 1° Agustín de Iriondo para trasladarse a su estancia con la familia, por 3 meses. El Teniente de Gobernador presenta otro decreto de dicho mandatario, del 19 del corriente, con el que ordena que, sin perjuicio del informe del Cabildo se concede dicha licencia. El cuerpo accede. Ante la vista que se le dio de la fundación del Hospital, el Caballero Síndico solicita los antecedentes del asunto. Se ordena al Escribano suministrarse.
- Habiéndosele notificado al Alcalde 1° Agustín de Iriondo su nombramiento de Recaudador del ramo del Hospital, éste solicita su remoción por tener que retirarse a su estancia a atenderla y a reparar su salud, y por estar comprendido en dicha percepción. El cuerpo resuelve dar cuenta al Regente de la Real Audiencia, Lucas Muñoz y Cubero. El Regidor Alférez Real contribuye con $ 100 dobles al donativo para la guerra contra la invasión francesa, a pesar de los gastos hechos en la proclamación de Fernando VII. Por circular del 15 del corriente, el Virrey ordena remitir a la Tesorería General, por medio de la local, los caudales que se vayan percibiendo de los $ 4000 asignados a esta ciudad. Se posterga para el próximo acuerdo determinar el asunto. Por oficio de 26 de septiembre – que se transcribe – el Cabildo de Buenos Aires informa que para atender la defensa de estos dominios, se ha determinado establecer algunos arbitrios, de acuerdo con la industria y producción de cada provincia. La Junta instalada con tal objeto ha fijado a Santa Fe una mota de $ 4000 según el anexo N° 1, que fue aprobada por Real Acuerdo del 13 de julio, anexo n° 2. el Virrey, por circulares de 15 de julio y 22 del corriente, anexo n° 3, ha impartido órdenes a los jefes de las provincias para auxiliar a los Cabildo en esta emergencia, y por oficio del 22 del actual, n° 4, dispuso las órdenes y facultades necesarias sobre la forma y modo de la exención. Añade que a Buenos Aires, a pesar de los costosos sacrificios, pérdidas y saqueos que sufrió, se le ha señalado la cuota de $ 485000 anuales, y no pudiéndola cubrir con los derechos de “los frutos coloniales” que se introducen para su consumo ni con el impuesto sobre las casas ha dispuesto gravar la carne, pan, yerba y vino, artículos sobre los cuales el Cabildo, podrá también aplicar esos arbitrios. El cuerpo resuelve dar vista de todo al Cabildo Síndico. Por oficio de la fecha, el Teniente de Gobernador informa haber recibido orden del Virrey para auxiliar al cuerpo en las providencias sobre el antecedente asunto. Todos los capitulares quedan calificados para la elección anual. En vista del pedimento que hizo el Virrey José Pujol y Viladelmas, de que se lo exima de cargos concejibles por haberlo dispuesto así la superioridad, el cuerpo resuelve tener presente dicha providencia.
- Por oficio del 16, el Virrey Liniers aclara al Cabildo que la sumas de $ 4000 asignada a Santa Fe, para la contribución patriótica no es anual sino única. Por otros oficio, dicho mandatario reitera el del 19 de septiembre, previniendo al cuerpo a reunir el donativo solicitado para acudir a los compatriotas que están sufriendo la invasión del “traidor Napoleón”. En consecuencia, se dispone fijar carteles en las 4 esquinas de la plaza y pasar el correspondiente aviso a los Alcalde de la Hermandad. Mediante dicho pliego, el Virrey remite 8 monedas acuñada en ocasión de la jura de Fernando VII, que se reparten entre los individuos del Cabildo con fecha del día, el Cabildo Sindico responde a la vista que se le dio de los planes propuestos para los arbitrios, conformándose con el aprobado por la mayoría, y declarando no admisibles los 2 del Regidor Alférez Real. A su propuesta, el Cabildo ordena iniciar en el día dicha recaudación, sin perjuicio de las razones pedidas a los Alcalde de la Hermandad, para imponer a los hacendados y pobladores de los partidos una ayuda. Se dispone la notificación correspondiente a los encargados de la cobranza y al público. En caso de que los Alcaldes de Barrios no puedan desempeñarse, y la percepción de los donativos quedará a cargo del Mayordomo Juan Noseras. El cuerpo aprueba los arbitrios propuestos por el Alcalde 1° y designa al Cabildo Síndico como Depositario de toda recaudación.
- Por haberse tenido noticias en esta ciudad, “por pública voz dimanada de algunas cartas de Buenos Aires”, que en la Capital se tenía por cierto que Santa Fe estaba sublevada y que el Virrey había embarcado tropas para la represión, se resolvió, en casa del Alcalde Mariano Comas, oficiar al Teniente de Gobernador haciéndole presente los perjuicios que causaría un desembarco, y solicita requiriese al Comandante de dichas tropas suspender la entrada a la ciudad, y que él y sus oficiales constatasen la “quietud, fidelidad y subordinación” del pueblo, Con motivo de haber pasado dicho Comandante “de las corsarias” con fecha del día desde a bordo de la Aranzazú, el Comandante de este barco, Pedro Hurtado hace saber que instruirá al Cabildo sobre el objeto de la misión. Ante el cuerpo informa que el motivo no es otro que “guardar los Paranás” de cualquier intento extranjero, especialmente por la sospecha de que desde Montevideo “se pretendía pasar a esta ciudad”. Ante ello el cuerpo ofrece la colaboración posible de cada uno de sus miembros y del vecindario.