El maese de campo Juan Arias de Saavedra presenta una real céduladictada por el Virrey, y un auto del gobernador Pedro de Baigorri,en los que ordena el cumplimiento de retirar de circulación la monedaantigua. Son acatados, disponiéndose su publicación y el arqueo decaja correspondiente. De acuerdo con lo que además dispone el auto,la documentación será remitida a Corrientes.
El teniente de gobierno ordena copiar la real cédula que dispone quelos indios que por sus daños y hostilidades causen grandes perjuicios y sean tomados en guerras, deben ser sometidos a servidumbre perpetua, lo cual, con la resolución de la junta del día 8 y la respuesta delvisitador general Andrés Garavito de León, se eleva al gobernador.
Copia del testimonio, hecho en Buenos Aires el 21 de noviembre de1628, de la real cédula fechada en Madrid el 16 de abril de 1618, obtenido por Manuel de Frías, procurador del Río de La Plata y Paraguay,sobre la guerra contra los guaycurúes, admitiendo que los tomados prisioneros deben prestar servidumbre perpetua y prohibiendo su venta.
Copia del testimonio, de la documentación referida a la real céduladada en Madrid el 15 de julio de 1620, hecho en Buenos Aires el 19de septiembre de 1653 que prohíbe a los oficiales de la real hacienda participar en las elecciones de alcaldes ordinarios y certificaciónde haberse pregonado en Santa Fe el 17 de octubre de 1653.
Observaciones:Sin fecha. Incluida entre las actas del 25 de febrero y 12 de marzo de 1654.
El notario de la santa cruzada presenta una real cédula y un autodel comisario de la misma, proveyéndose lo necesario para su ejecución. Por haber llegado una carretada de vino, se establece nuevo precio alartículo.