- Por hallarse ausente el Alcalde 1º Esteban Marcos de Mendoza, en la otra banda del Paraná, hace más de 8 días, el Alférez Real se hace cargo, en depósito, de dicha vara. Por estimar el cuerpo que no debe ejercerla, se dispone informar al Gobernador sobre el asunto.
- A fin de dar cumplimiento a la averiguación dispuesta por el auto del Gobernador sobre el comiso de sebo que ejecutó el Regidor Juan de Zevallos, para proceder a la liquidación de las cuentas que éste debía rendir, se resuelve que el Teniente de Gobernador tome las declaraciones correspondientes.
- Ante la petición del Procurador General requiriendo providencias para el abasto de carne para las tropas y la vecindad, se ordena a José Crespo la entrega de las vacas que debe. Si no cumple será declarado incurso en la multa de $200, y se traerán los animales “a su costa y mención”. El Regidor Juan de Zevallos solicita el pago de $ 55 que se le adeuda de la compra de caballos que hizo en ocasión de ser Alcalde ordinario. El pedido se resolverá luego que finalicen las actuaciones sobre el comiso de sebo que efectúo en aquella oportunidad. El Escribano entrega el auto que se proveyó respecto de la restitución de algunas familias que han desertado, y entre las cuales figura la del Regidor Juan de Zevallos. El Alcalde 2º informa que varias familias que, para ir de romería a Luján habían afianzado sus propiedades a favor de la ciudad como respaldo de su reintegro, ahora pretenden venderlas en razón de haber decido no regresar a ella. Se resuelve averiguar los hechos para determinar sobre el particular.
- El Contador Diego de Sorarte, Apoderado de la ciudad en Buenos Aires, por nota del 28 de agosto, acusa recibo de los $100 que se le remitieron para gastos. Se ordena el cumplimiento del auto que el Gobernador dictó el 9 de abril de 1728 en Santa Fe, sobre el pago de las cavas suministradas por Miguel Francisco de Ugarte y Juan Lorenzo García Ugarte. El Regidor Zevallos hace saber que, para su ejecución, traerá los autos presentados por los Alcaldes Ordinarios de 1727. José Crespo solicita, por memorial, autorización para sacar 500 arrobas de sebo por no poderlas vender en la ciudad. Se resuelve que las tenga en exhibición 4 meses, vencido los cuales el Cabildo determinará, y se le fijan los precios para la venta. Se acata el auto y declaraciones dictadas pro el Gobernador, y que el Procurador General le presentó en ocasión de su estado en la ciudad, disponiéndose su inclusión en el libro de acuerdos, previa notificación al Alcalde 2º y Procurador General titular. Ante la escasez de carne para el abasto, se resuelve dar cumplimiento a las órdenes contenidas en el despacho que acaba de obedecerse. El Alférez Real informa que se ausentará en su estancia, y se le recuerda que debe ajustar su inasistencia el término acordado por las ordenanzas reales.
- El Cabildo de Córdoba, por nota del 22 de octubre, responde al pedido sobre certificación referente a la reimplantación de la sisa, documento éste que no llegó. El Cabildo de Corrientes, por nota del 19 de octubre, contesta sobre el mismo asunto y anexa la certificación solicitada. El Alcalde 1º presenta el auto que dictó para asegurar el abasto de carne para el año, y solicita se discurra el medio para que ello subsista, en razón de que en la otra banda no hay rodeos suficientes. Se expone que con las vacas de la concordia, que, en número de 6000, corresponden a la ciudad, podrá asegurarse la provisión. Se resuelve dar traslado del auto al Procurador General, con copia del presente acuerdo. El Alcalde 1º expone, por petición, que con motivo de la recogida de 8000 cabezas que se ordenó el año anterior para la provisión de 60 toros para la Fiesta del Patrón y 60 vacas para la ciudad, “la parte de Don Fernando de Cabrera” solicitó al Juez Conservador sacar la tercia parte. Por ser el Alcalde 1º “parte en esta dependencia”, se retira de la sala, y el cuerpo resuelve levantar una información, para la cual se designa Juez al Teniente de Gobernador. El Fiel Ejecutor informa que dio cumplimiento a la orden de poner “boletas” anunciando que José Crespo posee sebo para la venta.
- Con motivo de que en “una flota de carretas” salen de la ciudad varias mujeres, se consideran las licencias acordadas para ello. Se confirman las concedidas a Margarita de Balmaceda y Luisa Jiménez y se deniega la de Juana de Berna, que pidió permiso para ir a “lo de Cesco” a traer una hermana que se halla “en días de parir”, por no ser causa justificada. Además, se dispone no autorizar la salida de persona alguna, y que en caso de ello, corresponde al Cabildo conceder la licencia, y bajo fianza. En la visita de Cárcel se halla preso “un mozo platero”, por deuda, y a Juana, “con un par de grillo”, por haber muerto a su marido a puñaladas. El Teniente de Gobernador presenta los autos obrados sobre el comiso de sebo que dispuso el Regidor Propietario Juan de Zevallos, resolviéndose suspender su tratamiento hasta que vuelvan las diligencias radicadas en el superior gobierno, para cotejar la cuenta. En tanto, se dispone el pago de los $50 que se le deben a Zevallos. Se pone punto a las causas civiles y ordinarias.