Resultados 25 - 30 de aproximadamente 29 de "instruccion publica" en período de 1532 a 1900
26.
Perteneciente al 31 de Mayo de 1815
Actas Recuperadas Caja 2, Acuerdos de 1815, f. 27 - 28

- Con la presencia del Gobernador Intendente, se trata la circular del Gral. en Jefe de los Orientales y Protector de los Pueblos libres datado en su cuartel general el 21 de mayo y por el cual convoca al Congreso del Arroyo de la China que se integrará con Diputados de los Pueblos que se hallan bajo su protección, en especial de Buenos Aires, para lo cual urge la reunión de Asambleas de electores de todos los pueblos y, en este caso, para esta ciudad.

- Se explicita el método de elección: 1º “Se dividirá la ciudad en 4 secciones de Este a Oeste, por la calle del Convento antiguo de los Padres Mercedarios, de Sur a Norte por la calle de la Matriz hasta la esquina de Micaela Echagüe y José Arias Troncoso y por la calle del “actual Convento de Padres Mercedarios”, desde la esquina de San Roque hasta afuera. 2º en cada una de esas secciones se debían reunir todos los vecinos el día 2 de junio a las “seis y media de ella” y elegirán dos diputados, entendiendo por vecinos a los naturales de este pueblo, que residan en él y todo Americano libre mayor de veinte y cinci años, que tenga finca, exceptuando los jornaleros”. 3º en la sección Sur =Este, desde la esquina de José Arias, presidirá la reunión el Regidor Ciudadano Antonio crespo en sus propia casa, la del Sur=Oeste, desde la esquina de Micaela de Echagüe, el Ciudadano Regidor Luis Aldao en la casa de su habitación. En la del Norte=Oeste, desde la casa del finado Antonio Argañaraz el ciudadano Regidor Ramón Cabal en la casa del señor Alcalde de 1º voto en el cuarto junto a la purta de calle y en la sección Norte=Este, desde la esquina de San Roque, el Ciudadano Procurador Síndico Juan Alberto Basaldúa, en su casa. 4º reunidas las personas de cada sección, el Presidente con el Alcalde de Barrio y otro recibirán los sufragios de los dos electores de cada sección y concluido el acto se extenderá la credencial de los que hayan tenido mayor número de votos, suscripta por el Presidente y los electores, que entregarán en la Sala comisional. 5º Reunidos los 8 electores con el Gobernador y el Secretario del Ayuntamiento, elegirán un Presidente de entre ellos y procerderán a la elección del Diputado, se extenderá acta en el libro de Actas Capitulares. 6º el Ayuntamiento con los electores dará a los diputados la credencial e instrucciones de los negocios que han de acordar en el Congreso “dirigdos todos a la conservación de los Derechos y bien general de este Pueblo”. El Gobernador Intendente debía publicar bandos o fijar copias del acta para que el pueblo se enterara de la elección.

27.
Perteneciente al 24 de Mayo de 1816
Tomo XVII B, XVII f 520 v y 521

- Por oficio de la fecha, el Gobernador Interino avisa que ha llegado a la ciudad la comisión enviada por Buenos Aires para terminar las desavenencias entre ambos pueblos, en virtud de los tratados pendientes y por la intervención del diputado del Soberano Congreso, Dr. José Miguel del Cono. Para ello, pide al cuerpo el nombramiento de un representante para que asista a las deliberaciones con dicha comisión. El cuerpo resuelve responderle que no puede abrir sesiones ni entrar en tratados con esa comisión, sin dar antes cuenta al General de las Provincias Orientales, quien para la sanción de ellos, enviará diputado para que, en unión con el capitán trate lo conveniente, según los preliminares suscriptos el 9 de abril entre el Coronel Mayor Eustaquio Díaz Vélez y el Comandante de la Fuerza Naval Cosme Maziel. En consecuencia, le es de indispensable requisito informar al referido General y proceder según más órdenes e instrucciones, como que debe ser el garante del resultado. Para dicha comisión se ha diputado a Cosme Maziel, quien compareciendo ante el cuerpo, dio su conformidad.

28.
Perteneciente al 2 de Octubre de 1816
Tomo XVII B, XVII f 526

- Mediante un oficio, el Gobernador interino remite otro del Gobernador de Buenos Aires y credencial del Diputado Dr. Gregorio Funes, con el objeto de resolver el modo de verificar y ajustar los tratados de paz con aquel gobierno, y evitar las discusiones suscitadas. El cuerpo resuelve designar 3 representantes, con las instrucciones necesarias, para dicho objeto, nombrando al Dr. Pedro Aldao, Pedro Larrechea y Regidor José Elías Galisteo, a quienes se proveerá de las credenciales pertinentes y se avisará el día en que habrá de iniciarse las sesiones.

29.
Perteneciente al 23 de Diciembre de 1867
Actas Recuperadas Caja 2, Notas Varias 1810-1867, f. 19 – 19 v.

- Nota de la Legislatura de la Provincia al Ministro Secretario en el Departamento de Justicia, Culto e Instrucción Pública, comunicando que el 25 de setiembre se sancionó la ley que establecía el matrimonio civil, desconociendo la validez del matrimonio religioso, suprimiendo ciertos impedimentos y considerando que la misma hería vivamente las creencias religiosas y las costumbres. Informan que en la sesión hubo una tumultuosa desaprobación por parte del pueblo que lo rechaza y sin una votación unánime y con el desacuerdo de la autoridad eclesiástica de la provincia. Solicitan que el Poder Ejecutivo tome las medidas que le permite la C.N. para hacer “desaparecer los males que se producen” por los efectos de la ley.

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