Resultados 35 - 40 de aproximadamente 76 de "Moreyra Calderon Francisco Alferez Real y Alcalde Interino" en período de 1532 a 1900
36.
Perteneciente al 21 de Enero de 1677
Tomo IV, *I-1-1/IV-F.387-I-1-1/IV-F.387v

En atención a que la cosecha de trigo no ha sido lo abundante quese esperaba, se fija nuevo precio al cereal y al pan. Se confirma el del 'vino bueno', y se posterga establecer el de la yerba y tabaco,hasta tanto se reconozca la existencia de partidas en la ciudad. Los restantes mantenimientos se venderán de acuerdo al arancel. Francisco de Seballos es confirmado como escribiente del cabildo con un salarioanual de 30 pesos.

37.
Perteneciente al 23 de Enero de 1677
Tomo IV, *I-1-1/IV-F.387v-I-1-1/IV-F.388

La petición, despachos y autos del gobernador, que presenta el procuradorgeneral Antonio de Godoy, referentes a la vaquería que pretende elalférez real Francisco Moreyra Calderón, se ordena agregar a las diligenciasexistentes, y toda la documentación será considerada 'el lunes queviene'. El depositario general y fiel ejecutor presenta el remate delas carnicerías, obtenido por el capitán Francisco Jiménez Navarro. Se aprueba, previa la fianza que debe constituir ante uno de los alcaldes ordinarios.En razón de su escasez, se fija nuevo precio al tabaco.

38.
Perteneciente al 25 de Enero de 1677
Tomo IV, *I-1-1/IV-F.388-I-1-1/IV-F.388v

La petición de Alfonso Rodríguez para instalar una pulpería de lasde cuenta de la ciudad, se provee a su pie.

39.
Perteneciente al 12 de Febrero de 1677
Tomo IV, *I-1-1/IV-F.388v-I-1-1/IV-F.389

El gobernador, por nota del 5 del corriente, remite una real cédulasobre los privilegios que deben gozar los ministros de la santa cruzada,ordenando sea copiada en el libro de acuerdos, con la real provisión correspondiente. El teniente de gobernador hace notorio un auto del gobernador que autoriza al alférez real Francisco Moreyra Calderónpara efectuar una vaquería en la otra banda del Paraná.

40.
Perteneciente al 12 de Febrero de 1677
Tomo IV, *I-1-1/IV-F.389v-I-1-1/IV-F.391

Copia del auto del gobernador Andrés de Robles, dado en Buenos Airesel 27 de enero de 1677, transcribiendo el despacho del virrey, fechadoel Lima el 20 de agosto de 1676, por el que declara, en virtud dela real cedula del 2 de agosto de 1675, que los ministros y tesorerosde la Santa Cruzada solo deben gozar de sus fueros en los actos específicos,no obstante lo dispuesto en leyes anteriores y en algunos títulos.Además,ordena copiar el documento en el libro de cabildo.

Copia de la notificacióndel despacho anterior hecha al cabildo de Santa Fe, el 12 de febrerode 1677.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe