Resultados 35 - 40 de aproximadamente 55 de "Quiroga Gabriel de Alcalde" en período de 1532 a 1900
36.
Perteneciente al 20 de Octubre de 1760
Tomo XIII A, XIII f 180 a 181

- El Alcalde 2º propone que se otorgue la escritura de fianza que debe constituir José de Ramos como Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, en virtud de lo ya acordado por el cuerpo, y a fin de asegurar la percepción de ese impuesto. Se accede, con el voto negativo del Alférez Real, que reitera el parecer dado en sesiones anteriores. Es señalada que por ausencia del Escribano de Cabildo el acata debe levantarse en un papel suelto, y que el “oficio” tuvo que abrirse con la llave que se solicitó a la esposa de aquél. Ante dicha ausencia, y por el desorden de los papeles y paralización de las causas, propone declararlos suspenso. A ese efecto, se informará al Gobernador.

37.
Perteneciente al 10 de Noviembre de 1760
Tomo XIII A, XIII f 181 a 183

- El Procurador General responde a la consulta que formuló José Ramos, Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, sobre sí el Procurador de aquel Colegio de la Compañía de Jesús, Padre Andrés Astina, debe pagar los $ 9 y 3 reales por cada carreta que se fleta a Chile con yerba caaminí. De acuerdo con lo investigado, hace saber que por reciente disposición del Obispo anterior, se eximió de ese gravamen a dichos religiosos por ser contrario a los privilegios por ser contrario a los privilegios de la orden habiendo entablado recursos ante el Virrey, y en cuyos trámites, cree, intervino el Teniente de Gobernador estima que por hallarse dicho recurso “en buen estado”, es conveniente no hacer novedad hasta la determinación del Virrey, por cuanto se faltarse en su favor, la Caja de Arbitrios tendrá que reintegrar las sumas. Para poder decidir, el cuerpo resuelve estudiar el pedido y autos del Obispo, y requerir al Teniente de Gobernador sus informes y parecer. El Maestro Manuel de Aguiar es admitido como Comisario de la Santa Cruzada, según título despachado en Buenos Aires el 15 de octubre por el Comisario General Dr. José de Andujar. Para la fiesta de los Desagravios, se dispone la elección del religioso que se haga cargo del sermón, y se autoriza el pago de $ 6 con que se acostumbra contribuir al Mayordomo de la Cofradía de N. S. sacramentado.

38.
Perteneciente al 18 de Noviembre de 1760
Tomo XIII A, XIII f 183 a 184

- El Alcalde 2º, por sí y por Pedro Mihura, diputados para organizar las comedias, solicita que la representación no se lleve a cabo después de las corridas de cañas y de toros, sino entre uno y otro regocijo, con “motivo del riesgo o inconvenientes que pueda haber por su demora”. Se accede. y se difiere determinar cuando se hará el paseo del Real Estandarte para dichas fiestas, a cuyo fin se consultará al Alférez Real. El Alcalde 1º informa no haber podido hallar los instrumentos proveídos por el Obispo Cayetano Marcellano y Agramont sobre eximición de fletes de carretas a favor de la hacienda y yerbas caaminí y de palos que remite la Compañía de Jesús a Chile y Perú, no obstante haberlos requerido a la Caja de Arbitrio. Se difiere a determinación para cuando asistan todos los capitulares.

39.
Perteneciente al 19 de Noviembre de 1760
Tomo XIII A, XIII f 184 a 185

- Continuando el acuerdo anterior, y en virtud de los antecedentes que se han podido hallar, se resuelve que el Real Estandarte se enarbole en la puerta de la casa del Alférez Real, desde donde, con el acompañamiento acostumbrado para la fiesta del Patrón San Jerónimo, se haga el paseo y se traiga al Cabildo para la aclamación. Como ésta se debía hacer en el edificio capitular, se dispone “vestir el balcón con alguna decencia”. El tablado se comete al Mayordomo. Para esta “función tan magnífica”, se convidará a todo el clero.

40.
Perteneciente al 28 de Noviembre de 1760
Tomo XIII A, XIII f 185 a 186 v

- El Alcalde 2º solicita se le franquee el “oficio público para la distribución y providencias de las comedias” en razón de no haber en el edificio capitular otra pieza más acomodada, “ni menos sea dispensado el poner el tablado” fuera de él. Con la negativa del Alférez Real, se accede. El Alcalde 2º informa que Manuel y Joaquín Maziel constituyeron la fianza a favor de José de Ramos, Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, de acuerdo con lo dispuesto por el cuerpo. Con excepción del Alférez Real, se dispone agregar dicho instrumento a este libro pro no haber registro. Además se resuelve remitir al Recaudador todos los documentos necesarios para cobrar de los bienes de Agustín de Garfios las cantidades que quedó debiendo a la Caja de Arbitrios.

Obs. : Los f. 186 y 187 corresponden a los números 391 y 394 de la foliaturas original: faltan los f. 392 y 393.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe