- En cumplimiento de lo prometido en el acuerdo anterior, el Regidor Juan Francisco Aldao hace presentes las leyes 32 y 37, título 1º,libro 2º de la Recopilación de Indias. Se obedecen dichas leyes y la 33 de dicho título y libro que no se oponen a las ordenanzas de Buenos Aires, confeccionadas por el Regidor Juan Fernández Guillén y el Escribano Juan de Reluz y Huerta. Se dispone su observancia hasta tanto se presenten las del Virrey Francisco de Toledo, en el plazo de seis meses, vencido el cuál se ocurrirá a la Real Audiencia para la confirmación de las que se tienen presentes.
- Respecto del pedimento del panadero Luis Vives, se resuelve dar traslado de la solicitud al Procurador General.
- Sobre la instancia del Procurador General reelecto y en virtud de hallarse ejerciendo el oficio de sustituto José de la lastra, el Justicia Mayor regula la votación por los pareceres dados en el sentido de que se suspenda su recepción hasta la llegada de la confirmación de las elecciones por parte del Gobernador.
- Mediante pedimento, varias mujeres se refieren a los panaderos que han solicitado licencia para poner casa de panadería, expresando que de permitirlo, “será quitarles a las susodichas el único jiro con que se mantienen y sustentan sus familias”. Se resuelve trasladar la instancia al Procurador General sustituto.
- Mediante pedimento el Procurador General sustituto representa la falta de propios de la ciudad para”sostener sus privilegios y reparar otras urgencias” y solicita el informe que se hizo en el año 1759 para informar a Su Majestad. Se accede, disponiendo su búsqueda en el Archivo.
- En razón de haberse hecho público, por varias cartas de vecinos, que el Gobernador Juan José de Vértiz ha sido confirmado en el mando, se dispone cursarle la enhorabuena.
- En razón de no haberse hallado el informe original solicitado por el Procurador General sustituto sobre el pedido de propios, se le da traslado de un testimonio de dicha solicitud extendido por el finado Escribano Gregorio Antonio de Segade.
- Por nota, José de Rivadavia, Tesorero de Bulas de Buenos Aires, informa que con Gregorio Montes Mayor remite las bulas.
- Mediante pedimento, Agustín de Iriondo solicita se le paguen los $16 correspondientes a su trabajo de escribir las cuentas de la recaudación de arbitrios, que hizo en año anterior. Se accede.
- Atento lo determinado por la Ordenanza 18 de las Administraciones de Correos, de que los títulos de Administrador se inserten en los libros de Cabildo, se da nota de esta instancia al Procurador General, para que se agregue el nombramiento de Juan Antonio de la Elguera, por no constar que este tenga facultad para poner correos en esta ciudad.
- El Procurador General sustituto en respuesta a la vista que se le dio para la presentación del título de Administrador de Correos librado en Juan Antonio de la Elguera, y sobre la falta de correos, propone informar al Gobernador.
- El Justicia Mayor da razón de cómo en los autos que actúa sobre la fuga de 5 presos “de delito criminal de muerte”, proveyó la suspensión del oficio de Alcaide de Cárcel que ejercía el Alguacil Mayor, y solicita la designación de un carcelero en tanto dure la causa. El cuerpo expresa la duda de que si le compete tal nombramiento sin la presentación del Alguacil Mayor por ser esto anexo a su empleo, destacando la extrañeza de no haberlo suspendido de ambos oficios. Se resuelve consultar al Gobernador. El Alguacil Mayor Caetano Jiménez se halla detenido en el Cabildo, desde el 14 del mes anterior.
- Mediante pedimento el Alcalde 2º solicita testimonio del pedido hecho por el Alguacil Mayor sobre componer la cárcel y certificación de que expuso en él que urgía el arreglo de la puerta.
- El Alguacil Mayor Cayetano Jiménez, preso por la fuga de 5 reos, es remitido a Buenos Aires, por orden del Gobernador.
- En razón de que por enfermedad del Alférez Real y otros capitulares se ha venido postergando el pedimento sobre propios de ciudad, se resuelve considerarlo, disponiéndose que se hagan llegar al Procurador General los informes y documentos que éste solicitó. Se estima que no es necesario el informe del Gobernador, pues puede suplirse con la declaración de Joaquín Maziel como ejecutor que fue de sus ordenes. Debido a la falta de propios y no permitir la pobreza de los vecinos un donativo para el costo, se dispone elevar el informe por el Ministro de Indias.
- Mediante pedimento, María Josefa Benítez viuda de José Banco, solicita de merced un pedazo de sitio lindante con el fondo con el que poseía y “tiene desalojado por llegar ya al río a su inmediación”. Se accede.
- Por escrito Salvador Ignacio de Amenávar, presenta como sus fiadores para el cargo de Colector de Bulas a Francisco Martínez de Rozas y Manuel de Gaviola. Son admitidos. Amenávar jura y asume.