- Los diputados para la construcción del fuerte, Alcalde Pedro de Mendieta Zárate y Regidor Propietario Melchor de Gaette presenta las diligencias levantadas con motivo de la imposibilidad de su creación, y solicitan, en visita de las razones expuestas, se arbitren recursos para poder llevar adelante lo resuelto en la “consulta de guerra” efectuada en dicho paraje. Se establecen, para propios, los siguientes gravámenes sobre los artículos y mercaderías que entren y salgan de la ciudad, a vecinos y forasteros, y a pagar e la respectiva especie: por cada Zurrón de yerba; 4 reales; saco de tabaco, 8 reales; saco de algodón, 8 reales; cabeza de ganado, ½ real; 1 mula, 2 reales. Para obtener la aprobación del Gobernador y demás tribunales, se les remitirá testimonio del presente acuerdo y carta informativa.
- Se levanta el punto a las causas civiles.
- Con motivo del próximo arribo del gobernador, se designa diputado para darle la bienvenida,
- Continúa tratándose la designación del otro diputado para la recepción del Gobernador. En Razón de que no gozan de salud el Alférez Real Ignacio de Monje y los Regidores Propietarios Melchor de Gaette y Francisco de Vera Mújica, quienes exponen su situación, se designa al Regidor propietario Simón de Tagle Bracho, que será reemplazado como Procurador General por Vera Mújica.
- Se levanta el punto a las causas civiles.
- Con motivo del próximo arribo del Gobernador, se designa diputado para darle la bienvenida, al Alcalde Tomás de Noseda y Regidor propietario Simón de Tagle Bracho. Este expone las dificultades que le acarreará la comisión con motivo de tener que atender la Procuración General, refirmando esas razones el citado Alcalde, por lo cual se suspenden los nombramientos para la tarde.
- El Gdor. determina por papel o carta del 13 de abril, que la jurisdicción del Arroyo de las Hermanas pertenece a Santa Fe.
-Es llamado Tomás de Hereniú para dar razón respecto de su elección como Alcalde ordinario de 2° voto de esta ciudad en el año 1700, y es diputado para darle embajada a Dn. Manuel de Prado, Gdor. y Cap. Gral. de Bs. As., y se le dieron poderes para alegar sobre el deslinde de la jurisdicción.
- Tomás de Hereniú dice que habiendo llegado al Puerto de Buenos Aires pidió la confección de un borrador de demanda al Cap. Hemando de Ribera, quien le mostró unos Autos, diciendo que no había necesidad de demanda, ya que en éstos constaba sentencia definitiva del Sr. Gdor. Andrés de Robles, en la que consta amparar esta ciudad hasta el Arroyo de las Hermanas, pronunciado en 1674, y que entregó testimonio de dicha sentencia al Me. de Campo Francisco de Vera, y esta ciudad apeló la sentencia en la Real Audiencia por pertenecerles hasta el Rincón de San Pedro, como consta en Autos.
-Seacuerda escribir carta alos apoderados, remitiendo copia de este acuerdo