- Se acordó que para el mejor arreglo y seguridad de los intereses del fondo público, se haga saber al recaudador que desde el día de la fecha en adelante debe llevar por separado el cargo de deudas cuyas partidas han de constar firmadas por el deudor desde que las contraiga, bajo la condición que pasados 2 meses sin hacer efectivo pago, deberá correr el interés a favor del ramo del 5 % anual de interés. Al momento de la cancelación, el recaudador debía anotarla al margen de la partida de deuda. Se acordó reconvenir a Luis Aldao por el pago de 871 pesos y dos reales y se le otorgue un plazo prudente para cancele la deuda so pena de ejecutarla a través de algunos de sus bienes. Respecto a la deuda de Manuel Rodríguez se acordó pasarle oficio al Superior Gobierno para que se le descuente la tercera parte de los sueldos o asignaciones de que gozaba hasta el pago total de la deuda.
- Se tuvo presente la contestación dada por el Dr. Juan Francisco Seguí a los reparos hechos por el Síndico Procurador General contra la cuenta presentada respecto a los útiles entregados a la Corporación y apartándose el Alcalde de 1º voto por las relaciones de amistad y parentesco, se acordó, a pluralidad de votos, devolverle, en los portales del Cabildo por medio de algún ordenanza, la contestación para que la haga en términos que no ofendan al Cabildo que no sean las “voces insultantes que contiene” y sin la recusación que hizo del Regidor 4º.
- El Regidor 1º informó que Luis Manuel Aldao le entregó 225 pesos en parte de pago de lo que adeuda aunque debería haber entregado 325 pesos 5 reales. Se acordó hacer cumplir lo ordenado bajo segundo requerimiento de ejecución y embargo.
- Se acordó, en virtud de haber consultado el mejor estado de la enseñanza para la juventud, otorgar un sueldo de 500 pesos a Juan Pablo Marques como Maestro de Primeras Letras y Preceptor de Gramática Latina.