Perteneciente al 1 de Febrero de 1697

Es obedecida una real provisión dada en la audiencia de La Plata el29 de noviembre de 1696 que ordena que las apelaciones de toas lacausas civiles, criminales y ejecutivas incoadas antes los alcaldesordinarios y de la hermandad, no se eleven al teniente de gobernador;dicha real provisión será cursada al gobernador, por hablar en primerlugar con ese mandatario. El alcalde Juan de Rezola se opuso a elloarguyendo que no era necesario.Se recibe carta del capitánIgnacio Domínguez Ravanal adjuntando una real provisión de la audienciade La Plata del 13 de agosto de 1696 sobre los particulares que debeobservar el cabildo con los tenientes de gobernador, la que es obedecida.Se resuelve igualmente enviarla al gobernador para su obedecimiento,a lo que también se opone el alcalde Rezola.

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Manuscritos originales

Folios *I-1-1/VI-F.105-I-1-1/VI-F.107

Información Extendida

Soporte

Papel Rollos de microfilm

Microfilm 16mm

SIGNATURA MICROFILM: *R.IIISIGNATURA DEPÓSITO:

Volumen

LIBROS: LEGAJOS: EXPEDIENTES: DOCUMENTOS:

Lenguas

Español

Letras

Humanística o itálica, bastardilla, redonda

Conservación

Bueno

Tomo

Tomo VI

Folios

*I-1-1/VI-F.105-I-1-1/VI-F.107

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