Perteneciente al 5 de Mayo de 1595

Dispone que los mercaderes que se encuentran en la ciudad vendan eltercio correspondiente de vino, miel, azúcar, vinagre y otros artículos,y que se pague en las monedas de la ciudad. Firmado por el teniente de gobernador Luis Abreu de Albornoz,refrendado por el escribano público Manuel Martín.

Observaciones: La copia tiene fecha 30 de mayo de 1595 y antecede el acta del día 17.

Palabras Claves

Descriptores Onomásticos

Descriptores Geográficos

Descriptores Instituciones

Manuscritos originales

Folios *I-1-1/I-F.227

Información Extendida

Soporte

Papel Rollos de microfilm

Microfilm 16mm

SIGNATURA MICROFILM: *I-II, I bis 367SIGNATURA DEPÓSITO:

Volumen

LIBROS: LEGAJOS: EXPEDIENTES: DOCUMENTOS:

Lenguas

Español

Letras

Humanística o itálica, bastardilla, redonda

Conservación

Bueno

Tomo

Tomo II Primera Serie

Folios

*I-1-1/I-F.227

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