Perteneciente al 8 de Enero de 1718
- Se considera el pedimento presentado por el Procurador General el 10 de diciembre, sobre la prohibición de sacar, vender y traspasar yerba. Se resuelve que el Procurador solicite al Tesorero, el auto correspondiente del Gobernador y demás papeles, para, con ellos, que el cuerpo decida el tramite a seguir.
- Con respecto a la provisión de caballos para el destacamento, se dispone la adquisición de 200 a costa de la ciudad.
- Los Diputados para la construcción del fuerte solicitan yerba, tabaco y reces. Les son concedidos, con obligación de rendir cuentas.