COPIA
- Copia del trasunto del auto que el Gobernador Bruno Mauricio de Zavala dictó en Buenos Aires el 15 de junio referente a los arbitrios. Trata los siguientes puntos: 1º) que las embarcaciones que bajan del Paraguay y Corrientes tengan a Santa Fe “por puerto preciso”; que los mandatarios de ellas no den licencia para Buenos Aires sino en caso excepcionales o cuando llevan mercaderías para el consumo de la ciudad, y que los que arriben a ella y pasen los productos a Perú y Chile, deben pagar los arbitrio en la Caja Real; 2º) Dispone, ante el pedido de que los vecinos de Santa Fe paguen la mitad de los arbitrios a los vacunos, que deben ajustarse a lo estipulado por la Cédula; 3º) Declara que no es de su facultad fijar arbitrios a los vacunos, y que para ellos deberán dirigirse al Rey; 4º) Respecto de que los afectos que la Compañía de Jesús renda a particulares, en ésta o aquella ciudad, el comprador deba pagar los arbitrios, declara que se observe lo practicado durante la primera imposición; 5º) Autoriza a los encargados del impuesto a designar una persona, con el título de Teniente de Recaudador, para la percepción de las cuentas, y del impuesto que corresponde a las tropas de mulas que transmitan la jurisdicción; 6º) Declara que la roba de tierra, a la que se impuso real y medio por arroba, según el despacho del 18 de agosto de 1726, debe pagar “el mismo derecho en la entrada que en la salida.”
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