Perteneciente al 27 de Agosto de 1734
- El Gobernador, por nota del 17 del corriente, que anexa testimonio del acuerdo que se le remitió, no hacer lugar al pedido sobre supresión de una compañía y rebaja de los sueldos de la otra. Por subsistir el peligro que supone hallarse la ciudad sin defensa y ser de obligación del Cabildo recurrir a todos los tribunales en pro de la causa, se resuelve dar voz y voto al Procurador General de documentos.
Obs. : Al Margen: “Nota – hasta aquí el papel común por falta de sellado”.
Palabras Claves
Descriptores Onomásticos
- Echagüe y Andía, Francisco Javier de - Teniente de Gobernador
- Maziel, Manuel - Alcalde 1º, Maestre de Campo
- Urizar, Pedro Florentino de - Alcalde 2º, Capitán
- Zevallos, Juan de - Regidor
- Martínez del Monje, Miguel - Regidor Propietario
- Lorca, Andrés José de - Escribano de Cabildo
- Bracamonte, Francisco de - Regidor