Perteneciente al 9 de Julio de 1751

- El Teniente de Gobernador, que convocó el acuerdo, informa que desde el día 27 se encuentra situada la guardia “en la estancia que fue de Ávila”, y la gente construye el fuerte. Expone que en el reconocimiento que hizo, pudo constatar que los pobladores de la zona “se hallan en sus ranchos pajizos, sin una trinchera de palos o ramas, por reparo, viviendo con familias sin el menor temor ni recelo de los indios mocobíes y abipones, que llegan de la paz”, y teniendo sus caballos sueltos, habiendo comprobado que dichos vecinos, entre los que se encuentran el Procurador General y el Regidor Zevallos, no han experimentado los despojos y robos señalados. Expone la situación en que se hallaba la jurisdicción de hacerse cargo del gobierno, y la que hoy goza, con los caminos restaurados a Buenos Aires, Córdoba, Santiago del Estero, reconquistada la mayor parte del distrito y fundados 3 pueblos de indios. Expresa que con el pedido del Procurador General, presentado por el Alcalde 1º, miembros del cuerpo tratan de asegurar los caballos de sus recientes establecimientos, que tiene como Capitán aguerra, eligió, el sitio de la guardia y dispuso que el Alcalde 2º entendiera el establecimiento del fuerte y su guarnición, por lo cual, a fin de evitar perturbaciones, solicita testimonio de todo lo actuado para someterlo al Gobernador. Los Alcaldes disponen dar traslado del asunto al Procurador General.

Palabras Claves

Descriptores Onomásticos

Descriptores Geográficos

Descriptores Instituciones

Manuscritos originales

Folios XII f 151 a 153 v

Información Extendida

Soporte

a – O -PAPEL

Microfilm 16mm

SIGNATURA MICROFILM: IIISIGNATURA DEPÓSITO: I – 1 - 1

Volumen

LIBROS: LEGAJOS: EXPEDIENTES: DOCUMENTOS: 001

Lenguas

ESPAÑOL

Letras

1 2

Conservación

BUENO

Tomo

Tomo XII A

Folios

XII f 151 a 153 v

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