- El Alférez Real obedece el despacho del Gobernador e interpone súplica en razón de no haberse practicado nunca en esta ciudad que un Regidor para trasladarse a su hacienda dentro de la jurisdicción deba tener licencia del Teniente de Gobernador. Le es necesario la asistencia a ella debido a que es el único sustento y no gozar de salario, ni estarle permitido ningún comercio. Informa que al salir para su estancia en el Paraná no halló al Teniente de Gobernador, por lo que dejó en su casa “un cortesano recaudo, por si tenía que mandarle algo” para dicho partido. Señala que la conducta de Maziel se debe al desafecto que le tiene, pues con otros Regidores no adoptó medida alguna, y que dicho mandatario está en su estancia todo el tiempo que quiere sin solicitar licencia al cabildo como lo prescribe la ley 6º, título 5, libro 3º de la Recopilación de Castilla. A efecto de diligenciar la súplica, solicita testimonio del despacho del Gobernador y de su título de Alférez Real. Por mayoría el cuerpo resuelve que acuda ante el Teniente de Gobernador y este suspende la resolución para otro acuerdo.