- Atento los acuerdos del 17 y 24 de julio celebrados para considerar el exhorto del Juez Comisionado de Residencia para el Gobernador Bruno Mauricio de Zavala, Manuel de Gaviola, el Alcalde 2º refirma su dictamen en el sentido que no se le den los testimonios pedidos para aclarar una duda respecto de que el finado Alguacil mayor Manuel Troncoso comenzó a ejercer durante el Gobierno de José de Andonaegui, y su Teniente Manuel Hernández lo hizo en el del actual. Además, propone declarar nulo el parecer dado por el Alcalde 1º el 17 de julio por cuanto en el mismo acto actuó, además, como Justicia Mayor. Aclara que a la muerte del Alguacil mayor Manuel Troncoso, Manuel Hernández no fue designado Teniente por el cuerpo por ser esto privativo del titular, sino Ministro de Justicia y Carcelero y que al no prestar juramento para aquel cargo, no se halla invertido de sus funciones y facultades. Los Regidores adhieren a dicho dictamen y el Teniente de Gobernador ordena se proceda en consecuencia.
Palabras Claves
Descriptores Onomásticos
- Maziel, Joaquín - Teniente de Gobernador
- Zevallos, Juan de - Alcalde 1º
- Maziel, Domingo - Alcalde 2º
- Crespo, José - Regidor
- Larramendi, José Isidoro de - Regidor
- Fernández Villamea, José Antonio - Regidor
- Gaviola, Manuel de - Juez de Residencia
- Zavala, Bruno Mauricio de - ex Gobernador
- Troncoso, Manuel - Alguacil mayor
- Andonaegui, José de - Gobernador
- Hernández, Manuel - Teniente