Perteneciente al 25 de Enero de 1779

- Se considera el asunto, diferido en acuerdos anteriores, sobre la pretensión del Regidor Juan Francisco Aldao de tomar en arrendamiento la provisión de víveres de los fuertes de Melincué, India Muerta y Cululú. El Alcalde 1º manifiesta que encuentra gravoso el real y medio con que se quiere racionar cada individuo de la Compañía de Dotación que guarnece los fuertes de Cululú y Arroyo Pavón, por las siguientes razones: 1) porque desde el establecimiento de la Compañía solo se le proveyó de carne y no de bizcochos, sal, ají, yerba, tabaco y leña, y que este procedimiento producirá mayores costos. Señala que suponiendo la existencia de las 64 plazas creadas, si se provee tres reses diarias a $2 cada una –aunque su precio es de 12 reales- importará anualmente $2195, y que las mismas plazas a real y medio por individuo más la ración doble del Capitán, Teniente y Alférez devengará $12 y 4 ½ reales diarios, y $4.585 y dios reales anuales, lo que arroja una diferencia de $3.395 y 2 reales. Indica que racionando con tres cuartillos diarios cada soldado –que es de sobra- las 64 plazas y los oficiales costarán por año $2.292 y 5 reales. Resalta que aunque este cálculo esté hecho con exceso es la mitad del costo de la propuesta de Aldao. 2) que en caso de ofrecerse alguna excursión contra los indios, se pone en marcha 200 milicianos, y como esta dura meses y a veces se hacen dos y tres al año, el exceso será cuantioso. 3) que si solo se raciona a los Blandengues con carne, se beneficiarán los hacendados del norte por la provisión de reses y los soldados por obtener dicho abasto de la mejor calidad. En orden de los fuertes de Melincué e India Muerta estima que no son admisibles las siguientes posiciones: porque no debe hacer sus provisiones con los abastos que necesita la ciudad; por cuanto el Regidor Juan Francisco Aldao puede proveerse de bueyes y caballos de su estancia y adquirir las carretas necesarias; porque los arbitrios solo deben aplicarse para atender las fronteras del Chaco; y “porque con estos coloridos pretextos se hallan ocupados los mejores milicianos, con gran detrimento de la defensa de esta ciudad”.El Alcalde expresa que las cláusulas del contrato “le parecen muy arregladas y nada violentas” y que sobre los demás puntos que expone el Contador Mayor en el expediente, se conforma con lo declarado por los Oficiales Reales. Señaló, además, que estima ventajoso la propuesta,, por cuanto día a día aumentan los precios de los víveres y de los vacunos, éstos “por el valor que han tomado los cueros”.El Alférez Real se conforma con el parecer del Alcalde 1º y el Alguacil Mayor y Regidores Juan Francisco Roldán y Vicente Hereñú con el Alcalde 2º. El Teniente de Gobernador, en vista de lo resuelto por la mayoría, dispone remitir el informe a la Intendencia y pasar el expediente a la Caja Real de la ciudad para los pregones ordenados. Reintegrado a la sala el Regidor Aldao y enterado de lo tratado y dispuesto, declara que responderá ante el Tribunal del Superintendente los reparos del Alcalde 1º.

Palabras Claves

Descriptores Onomásticos

Descriptores Geográficos

Descriptores Instituciones

Manuscritos originales

Folios XIV f 535 a f 538

Información Extendida

Soporte

a – O – PAPEL

Microfilm 16mm

SIGNATURA MICROFILM:SIGNATURA DEPÓSITO:

Volumen

LIBROS: LEGAJOS: EXPEDIENTES: DOCUMENTOS: 001

Lenguas

ESPAÑOL

Letras

1 2

Conservación

BUENO

Tomo

Tomo XIV B

Folios

XIV f 535 a f 538

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