Perteneciente al 3 de Agosto de 1780

- Teniendo en cuenta la providencia antecedente sobre la pretensión de los oficiales reales de que se les asigne el 2 % de los depósitos de arbitrios que se hacen en Buenos Aires y la opinión del Procurador General, y ante la falta de propios para costear el recurso que debe hacerse sobre el particular, se resuelve citar para el 7 del corriente, al vecindario y comercio a fin de informarle la situación y solicitar “alguna voluntaria contribución” para sufragar dicho gasto.

Palabras Claves

Descriptores Onomásticos

Descriptores Geográficos

Descriptores Instituciones

Manuscritos originales

Folios XV f 21 v y f 22

Información Extendida

Soporte

a – O – PAPEL

Microfilm 16mm

SIGNATURA MICROFILM:SIGNATURA DEPÓSITO:

Volumen

LIBROS: LEGAJOS: EXPEDIENTES: DOCUMENTOS: 001

Lenguas

ESPAÑOL

Letras

1 2

Conservación

BUENO

Tomo

Tomo XV A

Folios

XV f 21 v y f 22

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