COPIA
- Copia del decreto dictado por el Virrey Juan José de Vértiz, en Buenos Aires el 12 de julio de 1780, ordenando el cumplimiento del que dio el 13 de abril último. Por éste y en vista de la Real Orden del 9 de junio y la representación que acompaña del Gobernador de la provincia de Paraguay y teniendo presente “los voluminosos autos” seguidos por el apoderado de Santa Fe y las Reales Cédulas de imposición de arbitrios y puerto preciso que “justifican los consiguientes perjuicios, que de esta calidad coartativa de la libre navegación y comercio, se sigan al del Paraguay”, declara “por providencia interina”, que, manteniéndose el derecho de arbitrios, conforme a la Real Cédula de 18 de agosto de 1726, “cese desde luego el preciso arribo a la ciudad de Santa Fe, ordenado por otra del 13 de abril de 1743”, permitiendo a “todos los comerciantes que navegan los frutos de la Provincia del Paraguay por el río Paraná que los puedan libremente conducir hasta estos puertos de Las Conchas o Riachuelo, sin tocar en el de Santa Fe”. Los arbitrios se pagarían en Buenos Aires y para ello el Cabildo deberá ratificar el Recaudador en la capital, quién ingresará en las Reales Cajas los derechos de entrada y salida. Este decreto se comunicaría al Gobierno de Paraguay y a los Tenientes de Gobernador de Corrientes y Santa Fe.