- Martín Perales, por nota del 13 de abril, remite copia de la declaración dada por el Virrey el 19 de noviembre último disponiendo que José Ouderman “conductor a Lima por el Cabo de Hornos”, de 282 tercios de yerba solo debe pagar 4 reales por cada uno en concepto de Arbitrios y no debe entrar al derecho de carretas. Ante la consulta que formula, se resuelve suspender la licencia sobre el asunto hasta tanto se substancien en la Corte los recursos entablados por la ciudad. El alcalde 1º informa que ya concluyó el corral que dispuso levantar el Cabildo en la parte norte de la ciudad, pero que no produce beneficio porque muchos encierran los animales en corrales particulares. El cuerpo resuelve romper bando: que los dueños de corrales no admitan ganado de matanza 50 pena de $ 6 por cada vez; que el que mate en los arrabales o extramuros sin traer los animales a los corrales de la ciudad, pague $ 6; que ninguno mate fuera de la ciudad o traiga la carne a vender en carretillas. Se estima que con ella podrá producirse algún beneficio para reparar el Cabildo y se evitarán robos de ganado. Por ausencia del Alférez Real el Regidor Decano Juan Francisco Aldao, se hace cargo del turno de Fiel Ejecutor.
Obs. : El Teniente Gobernador en la Frontera.