- El Gobernador Interino, por nota del 13 del corriente, y en cumplimiento de la Ordenanza General de Intendente manda que el Alcalde 2º debe quedar de 1º para el año siguiente, haciéndose cargo de esta vara un Regidor hasta la confirmación de las elecciones. Para evitar en lo sucesivo este inconveniente, en adelante la elección anual se hará el último día de noviembre, pasándole al Gobierno en correo de diciembre, a fin de devolver la confirmación para el 1º de enero, en sobre cerrado, que se abrirá en virtud dicho día. El cuerpo acata la orden. Por carta del 13 del actual, el Gobernador Interino hace saber que en virtud de lo prescripto por las Ordenanzas, a partir del 1º de enero el derecho de Arbitrios que se recauda en Buenos Aires y Santa Fe, quedaría a cargo de la Junta Municipal de Propios y Arbitrios, y requiere el envío de una razón detallada de las entradas y gastos anuales. El cuerpo dispone que, no obstante haberse pedido y cumplimentado lo mismo por carta del 6 de mayo, se remita la documentación solicitada. Por otra carta, dicho mandatario, previene que deben remitir la Contaduría General, para su examen, las cuentas de propios y bienes es de comunidad de indios, y los de Arbitrios, desde la última rendición que presentó Francisco Martínez de Rojas, hasta fin de diciembre de 1779, a la mayor brevedad. Se obedece. Por pedimento, Lorenzo Zapata apela la providencia por lo cual se disminuye su sitio 7 ½ varas por el norte, lindero con Rosa Casco, y se agregan al Sur. El cuerpo confirma la providencia. El Teniente de Gobernador expresa que la guardia de la Cárcel que tiene a su cargo, sólo ésta para auxiliar a los jueces y al Alguacil Mayor, a causa de que la guardia de que éste le ha representado que quedan los calabozos sin luz. Se dispone pedir la limosna semanal para alumbrar, según lo dispuesto por Ordenanza.
Obs. : El folio 165 y v corresponde a una acata del 8 de enero de 1788. Ver folio 257 v.