- Por carta del 23 de abril, Francisco de Prieto y Pulido, Escribano de Cámara de Real Audiencia, remite la R. P. despachada el 15 de dicho mes, que incluye la Real Cédula del 14 de septiembre de 1788, que ordena que la invención de Propios y Arbitrios y Bienes de Comunidad se haga a propuesta de los justicias ordinarios, Cabildos y Ayuntamientos y con aprobación de la Real Audiencia. Deroga el capitán 5 de las Ordenanzas del Virreinato, y los 6 y 28 de las Instrucciones de Intendentes, debiéndose observar lo dispuesto por las leyes de Indias, y la circular del 11 de noviembre de 1787. El cuerpo la obedece, y difiere su resolución para el próximo acuerdo. El Presidente de cuerpo informa que los Alcalde de la Hermandad le han respondido a la notificación que les hizo de la Real Cédula del 24 de diciembre de 1788, sobre la muerte de Carlos III y exaltación del trono de Carlos IV.