Perteneciente al período del 23 de Marzo de 1793 al 8 de Mayo de 1793

- El cuerpo declara, sin perjuicio del obedecimiento que se debe a la providencia de la Junta Superior, que son notorias las circunstancias y necesidades expuestas por el Procurador General, en su respuesta, y que no es conveniente el traslado de los mercedarios a la Iglesia y Colegio de las Temporalidades, ya que si carecen de medios para reparar su templo, menos lo podrán con el solicitado. El tanto el Rey decide el asunto, se resuelve solicitar a la Junta Superior la suspensión del traslado, manteniéndose en el Colegio la Sala Capitular, el Archivo, la Cárcel y las habitaciones aplicadas al Hospital. En su carácter de respuesta se cursará testimonio de este acuerdo a la Junta Superior y al Virrey, y por medio del Apoderado en Buenos Aires Antonio Barrenechea se informará al Rey, solicitándole el Colegio para los fines indicados.

Obs: Falta la parte anterior del acta.

Palabras Claves

Descriptores Onomásticos

Descriptores Geográficos

Descriptores Instituciones

Manuscritos originales

Folios XVI f 188 a f 189

Información Extendida

Soporte

a – O – PAPEL

Microfilm 16mm

SIGNATURA MICROFILM:SIGNATURA DEPÓSITO:

Volumen

LIBROS: LEGAJOS: EXPEDIENTES: DOCUMENTOS: 001

Lenguas

ESPAÑOL

Letras

1 2

Conservación

BUENO

Tomo

Tomo XVI A

Folios

XVI f 188 a f 189

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