Perteneciente al período del 29 de Marzo de 1797 al 24 de Abril de 1797

- Mediante un escrito, Juan de Migoya y Pendas, del comercio de Buenos Aires y hacendado en las puntas del Gualeguay grande, solicita la designación de un Juez Comisionado para dicho paraje, y propone a Salvador Díaz, Miguel Jerónimo Herrera y Miguel Pucheta, señala que la zona está abandonando y llena de hombres viciosos y ladrones, y que pertenece a Santa Fe, porque la jurisdicción de Corriente no pasa del “Guayquiraró” y la del Uruguay solo llegue al Yervá. En razón de estar pendiente el deslinde de la jurisdicción ante el Virrey, se dispone que el partido se formule ante el mandatario. El cura Vicario, Dr. Francisco Antonio de Vera Mújica, por oficio del 8 del corriente – que se tramite – responde al que el cuerpo le cursó el 29 del mes pasado. Manifestando que así como el cabildo informó sobre asignar para Matriz la iglesia asignada a los Mercedarios, estimaba que podía hacerlo respecto de las alhajas y adornos por ser también beneficio público. Expresa que por no explicarse concretamente, el Cabildo interpretó su pedido, y solicita su anterior oficio. El Alcalde 1º en un informe que dictó a la letra “expresa que los adornos que se trasladaron a la Matriz, correspondientes” a las Cofradías de Nuestra Señora de los Dolores, y de la Concepción o de Milagros pertenecen al Curato de Naturales por haberse destinado la iglesia de los jesuitas a esa parroquia, y que ahora se ha unido al de Españoles. Manifiesta que dichos adornos, “cuadros de pinturas” se trasladaron con permiso del Comandante de Armas, Comisionado por la Junta Superior para la entrega del Colegio y se hallan colocados “el uno, del Descreimiento del Señor, en el Acta Mayor y el otro, de la Concepción, en el del Corazón de Jesús para el culto y adorno de ambos retablos por la pobreza visible de estos”. En consecuencia, es de dictamen suplicar que esos adornos quedan en la Matriz. El Alcalde 2º adhiere a dicha noción, y el Regidor Decano, que dicta la letra su parecer, es de la misma opinión, pero no en el todo de la exposición del Alcalde 1º por ser vocal de la Junta de Temporalidades. Mediante pedimento, Luis Andino solicita se le de Comisión para cebar el intermedio que corre desde el domicilio del Alcalde de la Hermandad, hasta el del Juez Pedáneo del Salado, en la otra banda, y hasta dicho río. Se accede, debiendo prestar el juramento debido. En respuesta del oficio del Cura Vicario, se resuelve darle testimonio de lo trasladado en este acuerdo. En la visita de Cárcel se hallan los siguientes presos: Del Juzgado de 2º voto: Victoriano Albornoz, por cómplice de un robo de caballos; Domingo, indio, y Justo Sánchez, por ladrones. Del Juzgado de 1º voto: Mariano Tupamario, por ladrón, Manuel Lanares, “por camarero con un guarda”; Juan Ignacio Franco, por deuda; Domingo Soria, “por amores”, Agustín Acuña, por ladrón; e Isidoro Díaz, por muerte. De la Comandancia: Francisco Javier Simón Judas, esclavos de Montserrat; Manuel González, por deuda; Gregorio Santa Cruz, por desertor; y Ambrosio alipón. Se dispone la libertad de Soria, con la condición de no pisar en la otra banda del Paraná.

Obs. : Testada, la abreviatura “Drn. ” que precede la firma del Escribano.

Palabras Claves

Descriptores Onomásticos

Descriptores Geográficos

Descriptores Instituciones

Manuscritos originales

Folios XVI f 441 v a 444

Información Extendida

Soporte

a – O – PAPEL

Microfilm 16mm

SIGNATURA MICROFILM:SIGNATURA DEPÓSITO:

Volumen

LIBROS: LEGAJOS: EXPEDIENTES: DOCUMENTOS: 001

Lenguas

ESPAÑOL

Letras

1 2

Conservación

BUENO

Tomo

Tomo XVI B

Folios

XVI f 441 v a 444

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