- El Virrey, por providencia del 19 de julio, releva al Sargento Mayor de Milicias Francisco Antonio Candioti y a los demás mencionados en el auto del 4 de abril último, de la concurrencia personal que se les impuso, mandando que se cumpla el resto de lo dispuesto. El cuerpo obedece. Mediante un oficio, el Maestro Francisco Javier Rodríguez de Vida, Comisionado para el cumplimiento del referido auto, solicita se fije día y hora para ello. El cuerpo resuelve que la testadura se lleve a cabo el día lunes 2 de septiembre. Dicho ministro tendrá asiento “después de sus señorías” y deberá asistir a la Sala sin bastón. Por acordada del 19 del corriente, la Real Audiencia ordena que los Alcaldes Ordinarios, informen si la custodia de la cárcel ha estado a cargo de las milicias, se han tenido presente o no, y si esta pensión es “de los comunes o concejibles”. Para su cumplimiento, se pasará el oficio pertinente a los Alcaldes. Ante “la corruptela ya introducida” de matar vacas para el abasto de la ciudad, contrariando disposiciones vigentes y el bien público, por el perjuicio notable que se hace a las crías de ganado, y además porque los cuartos de las hembras son más pequeños y se cobran a igual precio que el de los machos, el Cabildo dispone que el Teniente Gobernador rompa bando prohibiendo faenar vacas y novillos menores de 3 años. Además, los que traigan reses para el abasto, presentarán una razón sobre los propietarios de ellos. Y se fijan los precios siguientes: los medios cuartos delanteros: 2 ½ reales, y los traseros 2.