- El cuerpo acata 2 Reales Ordenes, obedecidas por la Real Audiencia el 6 del corriente. La primera, del 15 de septiembre de 1798, duda que todo militar que ejerza otro oficio público, político anexo o no al de la misia “le cese dicho fuero en lo que delinquiere en el oficio público”- la otra, del 25 de septiembre de 1798, ordena cumplir la Real Pragmática del 23 marzo de 1776, y otras posteriores, en que manda que las causas de disenso para matrimonio corresponde a la justicia ordinaria y no a la militar, aún siendo de personas de esta condición. Mediante oficio, el Tesorero Francisco Javier Rodríguez de Viola informa que el participar a la Junta General de Diezmos la resolución del 25 de mayo, le hizo saber que se si previene que las ausencias de Candioti y Morante se puede dilatar o que si será difícil reunir todas las personas, se disponga el cumplimiento del auto del 4 de abril, con la sola presencia del Regidor Roldán y Quirce Pujato. El cuerpo reitera lo acordado el 25 de mayo, y dispone hacerle sabe que no ha sido de su agrado dicha resolución. El cuerpo obedece lo acordado en la Real Audiencia, dada el 6 del corriente – que se transcribe – por lo cual sobreseen la causa seguida contra Francisco Javier de la Cruz Suero, y dispone su libertad, y atento a los procedimientos de este, y Juan de Pereda y Morante, los condena en las costas, que pagarán un tercio el primero y el resto el 2°, inhabilitándolos “para obtener empleos de jurisdicción”. A su pedido, el cuerpo certificará a Andrés Aldao el buen y leal desempeño que tuvo como Procurador General Sustituto.
Palabras Claves
Descriptores Onomásticos
- Gastañaduy, Prudencio María - Teniente de Gobernador
- Roldán, Juan Francisco - Regidor Propietario
- Seguí, José - Alcalde
- Troncoso, José Manuel - Alguacil Mayor
- Caminos, José Ignacio - Escribano de Cabildo
- Rodríguez de Viola, Francisco Javier - Tesorero
- Pujato, Quirce
- Cruz Suero, Francisco Javier de la
- Pereda y Morante, Juan de
- Aldao, Andrés