- En razón de que Juan José Bertolot solicitó un precio excesivo para realizar el empadronamiento, el Cabildo revoca su designación, y dispone que la comisión se asigne a los Jueces Pedáneos, bajo de las condiciones ya establecidas. Mediante pedimento – que se transcribe - , el Caballero Síndico de ciudad solicita que se le asigne al Fiel de Fechos Dr. Pedro de Aldao, un honorario correspondiente a sus ocupaciones y al Triplicado trabajo que tiene con motivo de la contribución patriótica y a la circunstancia que este desempeño lo sustraerá del ejercicio de su profesión de abogado, y a que como tal podrá asesorar al cuerpo en los asuntos arduos. Ante el requerimiento del Cabildo, Aldao presenta sus despachos, y formalice por escrito – que se transcribe – sus aspiraciones, expresando que no pretende tanto como señala el Síndico, pues los calificativos del cuerpo respecto de su persona, le son suficientes, pero suplicando que el cabildo respecto de su personas, le son suficientes, pero suplicando que el Cabildo lo tome bajo su protección, “y considerando las ningunas facultades que me asisten, ser un abogado sin apoyo ni protección alguna”, gestione su habilitación ante la Real Audiencia. El cuerpo accede, en cuanto le alcanzan sus facultades y le es permitido por derecho, disponiendo cursar la representación a la Real Audiencia.