Perteneciente al 6 de Mayo de 1814

- Se leyó oficio del Gobernador Intendente de 29 de abril que acompaña copia de la orden que el Supremo Director pasó al Secretario de Estado el 26 del mismo mes y que este comunica al Gobernador solicitando información acerca de “cuantos expedientes se puedan arbitrar para el fomento de los ramos de agricultura, industria, artes y comercio y de todo lo que pueda conducir a la prosperidad y adelantamiento particular de cada Pueblo”. Se acordó se conteste “que el estado actual de este Pueblo impide del todo arbitrar medios algunos para el adelantamiento de los objetos que se proponen por si mira a la campaña, se halla desolada y ocupada por los indios hasta le estrecha extensión de ocho leguas a nueve, sin arbitrio para expelerlos..., si se consideran las facultades del Pueblo en el día son ningunas por haberse aplicado sus Propios al Estado, sin mas libertad que para concluir las piezas empezadas en esta Casa Capitular a fin de que no se destruyan y se pierdan el caudal invertido en ellas la juventud que podía aplicarse a las artes y comercio carece del principal fundamento que es la educación por falta de escuelas..., por cuando el Ayuntamiento recién empieza a gozar de la nueva imposición de sus derechos... a establecer las dos escuelas de primeras letras y latinidad, se le mandan suspender estas obras públicas, que  en estas circunstancias no halla por ahora el Ayuntamiento arbitrios que discurra y proponer en el adelantamiento y prosperidad del Pueblo pues todos los que permite su situación eran gravados con los nuevos propios.”

- Se leyó oficio del Tte. de Gobernador de este día que acompaña la copia de la orden que el Supremo Director del Estado pasó a su Secretario de Gobierno de fecha 13 de abril disponiendo que cuando haya que distribuir honores o empleos, se prefieran “los naturales de ella en igualdadn de mérito a los demás ciudadanos de otras Provincias” y que el Gobernador podía exceptuar esto en “los empleos de primera jerarquía en el sólo caso de exigir lo la seguridad y el roden interior del Estado”.

- Se leyó oficio del Tte. de Gobernador en que avisa que al día siguiente de haberse presentado el Corregidor de San Pedro informando que en cumplimiento de lo tratado en el último parlamento había quitado a los montareses una gran partida de bueyes, habían sido asaltados y maltratados, él y su comitiva por bandidos y los despojaron de sus prendas. El Alcalde de 1º voto opinió que se debían repuner dichas prendas y que el Tte. de Gdor. haga investigar si los bandidos fueron soldados y de ser así se les descuente de sus sueldos y de no ser los autores, se les restitiya de propios .

- Se acordó que la Junta haga comprar una arroba y media de cera de Catilla y se mande labrar doce velas para las funciones públicas del Ayuntamiento.

- Se acordó que respecto a que se excusaron quienes deben asistir en clase de Juez al reñidero público de gallos  con una asignación de 2 pesos por cada tarde, se comisione al Alcalde de Barrio, Romano Brabo lo que se comunicará por el Alcalde de 1º voto  al dueño del reñidero y al comisionado.

Palabras Claves

Descriptores Onomásticos

Descriptores Geográficos

Descriptores Instituciones

Manuscritos originales

Folios f.  26 v. – 28

Información Extendida

Soporte

a – O – PAPEL

Microfilm 16mm

SIGNATURA MICROFILM:SIGNATURA DEPÓSITO:

Volumen

LIBROS:   LEGAJOS: 1814   EXPEDIENTES:   DOCUMENTOS:  001

Lenguas

ESPAÑOL

Letras

1 2

Conservación

BUENO

Tomo

Actas Recuperadas Caja 1, Acuerdos de 1814

Folios

f.  26 v. – 28

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