- Copia de Auto proveniente de la ciudad de Bs. As., en 20 de mayo escrita por Bruno Mauricio de Zavala, quien habiendo visto la Real Provisión con respecto a los arbitrios, manda se despache con inserción de dicha Provisión y este Auto al Lugarteniente para que publique su copia, y en adelante se cobre por cada tercio de yerba del Paraguay 1 real, y de los que salieren excepto los que fueren a la ciudad de Buenos Aires dos reales ; de cada arroba de tabaco, azúcar y algodón que entrare 1 real, y las carretas de la vecindad de Santa Fe paguen 1 cuartillo por arroba de los géneros que sacaren ; y el extranjero que entrare o saliere con mercadería pague 3 cuartillos por arroba, y el vino y aguardiente pague 2 reales por botija, además del peso que se cobra por cédula real. En vista del Auto de 14 de mayo de 1718 en el que se determina nombrar persona de confianza para dar cuenta cada un año del estado de dichos caudales, y que se forme una Junta de Guerra compuesta por un Lugarteniente como Capitán de Guerra y 2 capitulares nombrados cada año, y un supemumerario como suplente. En dicha Junta se tratarán los temas de la guerra, llevando un libro rubricado.